¿Se puede retirar una demanda de juicio verbal?

Hola en el año 2005 le vendí un coche al entonces mi yerno y a mi hija ya que tenían bienes gananciales, en el año 2011 se divorciaron y el se quedo con el coche con consentimiento de mi hija y que el se hacia cargo de todos los gastos que conllevaba el coche, amen de esa declaración que esta por escrito, el coche lo compramos en Ceuta, cuando se lo vendimos revisamos toda la documentación incluso la factura de pago y que no tenia ninguna carga, el coche es de enero 2003, ahora el contesta a la demanda de que el coche no lo puede poner a su nombre porque yo tengo la documentación para hacer la transferencia, cosa que es mentira la revisamos el día que les deje el coche, diciendo yo por mi profesión se todo los que hay que hacer para la transferencia (es guardia civil de trafico),
ahora mi pregunta es puedo desistir de la demanda de juicio verbal, me pueden poner alguna sanción por desistir, tendría que pagar por el desistimiento. El abogado me pide 400€, y pueden estimar mi demanda me cuesta 400€ y si la desestiman, me cuesta 400€ y quizás tener que buscar la documentación que dice mi ex que no le di en su día, si yo pongo el coche a su nombre me puede costar 100€ aproximadamente. En un whatsapp hace tres mese me dice "he puesto el coche a la venta, necesitare una fotocopia de tu DNI, par hacer la transferencia" "lo vendo por 2000€, primero os lo ofrezco a vosotros, mas barato claro, estos whatsapp nos lo metí en la demanda, porque no sabíamos, nos había asesorado legalitas.

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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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El artículo 20 de la Ley de Enjuiciamiento Civil literalmente dice sobre lo que que pregunta: 1. Cuando el actor manifieste su renuncia a la acción ejercitada o al derecho en que funde su pretensión, el tribunal dictará sentencia absolviendo al demandado, salvo que la renuncia fuese legalmente inadmisible. En este caso, se dictará auto mandando seguir el proceso adelante. 2. El demandante podrá desistir unilateralmente del juicio antes de que el demandado sea emplazado para contestar a la demanda o citado para juicio. También podrá desistir unilateralmente, en cualquier momento, cuando el demandado se encontrare en rebeldía. 3. Emplazado el demandado, del escrito de desistimiento se le dará traslado por plazo de diez días.
Si el demandado prestare su conformidad al desistimiento o no se opusiere a él dentro del plazo expresado en el párrafo anterior, por el Secretario judicial se dictará decreto acordando el sobreseimiento y el actor podrá promover nuevo juicio sobre el mismo objeto.
Si el demandado se opusiera al desistimiento, el Juez resolverá lo que estime oportuno.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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NICOLAS MARROYO ABOGADOS

Abogado de Villanueva de la Serena especializado en Derecho Civil

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Lo barato es caro.

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