Sentencia contra inquilinos desaparecidos

Mi ex-mujer ha llevado ella sola juicio contra ex-inquilinos nuestros por alquileres impagados y ha obtenido sentencia.

1. Cómo obtengo información del tribunal no siendo parte en el juicio. He ido a ver al juez que a pesar de constarle que la deuda me corresponde al 50 % no me da acceso al caso al no ser parte reclamante formal? Cómo consigo ser parte reclamante? No sé si mi ex-mujer cobró la deuda...

2. Por otra parte los ex-inquilinos siguen haciendo constar la dirección de nuestro piso a todos los efectos y por tanto están desaparecidos. Nos consta domicilio en Salamanca de los padres de uno de los 2. ¿Cómo conseguimos hacer efectiva la sentencia y cobrar en caso de que mi ex-mujer no lo haya hecho ya?

Saludos cordiales.

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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A pesar de no ser parte en el juicio, sí es acreedor de la mitad de la renta, por lo tanto, se lo puede reclamar a su exmujer, y se lo tendrá que pagar.
Para ejecutar la sentencia, hay que averiguar un domicilio de los deudores, a través del punto neutro de los juzgados se suele averiguar el domicilio fiscal, o el que consta en el censo, o en la seguridad social (si trabajasen), porque se le ha de notificar la demanda ejecutiva, que es la forma de cobrarse mediante embargos.
Su mujer es la única que puede interponer la demanda ejecutiva para cobrar, porque es la única que ha sido parte en el procedimiento de desahucio. Para poder ser parte en el procedimiento principal, tendría que personarse porque tiene interés legítimo, pero realmente le pueden decir que ha desaparecido el objeto del pleito, porque ya se ha dictado sentencia.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Lo más eficaz es que hable con su ex y, si no ha sido cumplida ni ejecutada la sentencia, que pongan en marcha la ejecución compartiendo el coste que ello comporta (abogado y procurador) y también la información con máxima transparencia entre ustedes. Por ello, siempre es recomendable, si llegan a un acuerdo para ejecutar, que lo plasmen por escrito y busquen un abogado. Si desean pedir un presupuesto, contacten con nosotros.

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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Podría intentar personarse con procurador y abogado, alegando tener interés en el juicio y creo que se lo aceptarían. Si los inquilinos están desaparecidos y no encuentran nuevo domicilio pueden dar la deuda por perdida, salvo que se trate de una cuantía importante, en cuyo caso tal vez les merezca la pena iniciar un proceso contra ellos.

Saludos

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ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
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Debería personarse con Abogado y procurador como tercero interesado.
Para cobrar hay que presentar demanda de ejecución, sino el Juzgado no logra localizarlos se lo comunicará por edictos y posteriormente se intenta embargar bienes y derecho hasta cubrir la deuda.
Quedamos a su disposición.

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