Separación con hijo sin estar casado

Buenas tardes,

Mi hermano no está casado ni es pareja de hecho con su novia, y han tenido un bebé de 7 meses, y después de convivir durante 2 años ahora se separan. Me gustaría saber si él tiene derecho a poder llevarse al bebé a dormir a su piso con él o no. La madre dice que eso no puede hacerlo hasta que el bebé tenga 3 años de edad. Lo único que sé es que al estar ambos trabajando únicamente tendría que pagar por los gastos del bebé ya que de momento no han ido a solicitar la custodia.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Fuengirola - Álvaro J. Gracia García -
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Estimado consultante,

Durante el periodo de lactancia es complicado que el bebé pueda pernoctar en el domicilio del padre, sin embargo, en cuanto el menor sobrepase esta etapa, su hermano podría solicitar la custodia compartida. El Tribunal Supremo ha cambiado su doctrina en cuanto al asunto de las custodias. Ahora el padre puede pedir con total tranquilidad la custodia compartida, con un convenio regulador se evitarán problemas de muchos tipos en el futuro, por lo que deberían iniciarlo cuanto antes. Para ello, necesitarán abogado y procurador. En nuestro despacho podríamos llevarles el asunto, trabajamos por todo el país.
Quedamos a su disposición para cualquier asunto que pudieran precisar.

Reciban un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Avin Abogados

Avin Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes,
Es necesario que su hermano regularice con urgencia esta situación y de modo judicial (de mutuo acuerdo o contencioso).
La razón de la urgencia se debe a que la situación en que se encuentra la pareja en esta ruptura está sentando un precedente.
Como ud. señala, si su hermano quiere tener una custodia compartida, debería hacerlo cuanto antes.
Es totalmente incierto que el bebé no pueda dormir actualmente con el padre. Podría desde ya establecer una custodia compartida con pernocta; aunque sea lactante.
Quedamos a su disposición para asesorar legalmente ayudarle a resolver esta situación a favor de su hermano.
Un saludo AvinAbogados

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Buenos días, para que su hermano tenga derecho de visita sobre el menor debe instar un procedimiento en demanda de medidas paterno-filiales, para que se establezca como se ejerce la guardia y custodia del bebé, régimen de visitas, vacaciones con el menor, pensión de alimentos, en definitiva se trata de regular la situación. Le aconsejamos que proceda cuanto antes a tomar esta decisión ya que evitará posibles problemas y desavenencias entre su hermano y su ex-pareja, que podrían terminar afectando al menor. Estamos a su disposición en nuestro despacho de Alcalá de Henares para cualquier consulta que nos quiera realizar. Muchas gracias por su consulta.

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Buenos días: Aunque no estén casados ni unión de hecho, por el hecho de tener un hijo tiene que legalizar la situación de su bebé, atribuyendo la guarda y custodia a uno de los progenitores, fijando una pensión de alimentos a cargo de quien no tenga la custodia y un régimen de visitas para que pueda estar con su hijo el progenitor que no tenga la guarda y custodia y en este caso cuando los menores no tienen aún 3 años, el regimen de visitas es mas restringido que el ordinario, y no puede dormir con él, pero claro que tiene derecho a visitarle, en cuanto lo pida por el juzgado. Un saludo

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Cuéntanos Asesores

Cuéntanos Asesores

Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Civil General

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Buenos días, es necesario interponga una demanda de medidas patrimoniales para regular todos los aspectos relativos al menor.

No es cierto que no pueda pernoctar hasta los tres años, los jueces han ido avanzando, y dependiendo de cada caso fijará una edad u otra. Lo que si se tiene en cuenta es que durante el periodo de lactancia no se permite la pernocta por la necesidad del menor de la madre.

Para cualquier consulta no dude en ponerse en contacto con nosotros a través del botón verde situado más abajo.

Un saludo

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GUZMAN & CUBERO

GUZMAN & CUBERO

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Es conveniente regular la relación con el niño, para ello existe la posibilidad de realizar un trámite de mutuo acuerdo o, en caso de no existir acuerdo tendría que presentar una demanda de medidas paterno-filiales.

De esta manera se establece a quién corresponde la guarda y custodia, así como el régimen de visitas para estar con su hijo y la pensión de alimentos que tendría que abonar para contribuir a su manutención.

Puede llamar a nuestro Despacho de Abogado y le ampliaríamos la información.

Un saludo

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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Es algo a determinar en el Convenio regulador que se haga, lo normal es que sí, aunque al ser el bebe tan pequeño va a depender de si toma pecho de la madre o no, aunque siendo mayor de seis meses le debe quedar poco tiempo de lactancia.

Respecto de los gastos del bebe está equivocado, si la guardia y custodia es de la madre se fija una pension de alimentos, si bien si hay gastos extraordinarios suelen ser a medias entre los progenitores.

Saludos

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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenas días.
En principio mientras el bebe este en periodo de lactancia es complicado qUe pueda pernoctar con el padre, pero mi consejo es que cuanto antes formalice un convenio de relaciones paternofiliales para pactar la pensión de alimentos y el régimen de visitas, y presentarlo a aprobación judicial.
Si desea cualquier aclaración no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Un cordial saludo

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Tiene que solicitar medidas civil para hijo extramatrimonial, y que se fije la custodia, las visitas y los alimentos.
No es cierto que un niño no pueda dormir fuera de casa hasta los tres años, se entiende que en el período de lactancia puede haber complicaciones, pero son hasta los 6 meses de edad, a partir de dicho momento, puede haber un régimen normal de visitas.

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ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
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Depende del Juez. En cualquier caso debe presentar demanda de medidas paternofiliales donde se regule el régimen de visitas.

Nos ponemos a su disposición.

Un saludo.

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