Separación y casa a nombre de los dos

Estoy separado y una casa en propiedad a medias con la madre de mi hijo. ¿Cuándo mi hijo cumpla 18 años puedo pedir mi parte de la casa o pedir venderla?

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Juan Trujillo González

Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho de Familia

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Tal como indica el compañero, cuando el menor cumpla 18 años, puede solicitar al Juzgado que se extinga el derecho de uso de la vivienda adjudicado a la madre y al menor. Eso en cuanto al uso, en relación con la propiedad y la compraron en régimen de gananciales, debe proceder a liquidar esta sociedad, pues hay que hacer un inventario de todos los bienes y deudas del matrimonio y adjudicar a cada uno su parte (que podrá o no ser igual al otro cónyuge). Este trámite pueden hacerlo vía notarial, si están de acuerdo, o vía judicial si no hay acuerdo. Puede realizarlos sin esperar a la extinción del uso de la vivienda y así cuando ésto ocurra, podrá obligar a la madre de su hijo a que le compre o le venda su parte de la vivienda, o se venda a un tercero. No pierda tiempo. Suerte.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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La liquidación de bienes comunes la pueden hacer cuando quieran, sea mayor o no su hijo y tanto de mutuo acuerdo, si es posible, o judicialmente. Cosa muy diferente, aunque le pueda corresponder la propiedad, es que se le atribuya el uso de la vivienda mientras haya un interés más necesitado de protección como el de su hijo, aunque haya cumplido 18 años, ya que la mayoría de edad no implica tener independencia económica. Por lo tanto, si quiere disponer de la vivienda y su hijo no tiene independencia económica tendrá que alcanzar un acuerdo con la madre.

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A partir de la mayoría de edad de su hijo puede usted solicitar la modificación del uso de la vivienda que ahora tiene otorgado su hijo. Debería usted solicitar previamente la división de la cosa común o la liquidación de gananciales si han estado casados. Cuando esté próxima la mayoría de edad de su hijo debe consultar con un abogado especialista.

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