¿Si hay acuerdo en las clases extraescolares puede romperlo?

Me gustaría saber que pasos debo dar y si procedería hacerlo. Mi hija quiere estudiar música y en junio realizó las pruebas de admisión en el conservatorio y quedo la 9, mi ex marido quiso realizar un cambio de día y yo aproveche para que firmará un acuerdo en el cual llevaría a mi hija al conservatorio si le coincidía con su régimen de visitas porque el horario no se sabe hasta finales de septiembre. El caso es que dice la niña que la ha apuntado a baile (si decírmelo,y no estoy de acuerdo porque aún no se sabe horario y porque son muchas horas de extraescolares) y le ha dicho a mi hija que si le en las visitas esta el que la lleva pero que si no está (sus padres pueden recoger a la niña y se la quedan sin decirme que el padre no esta)que no la van a llevar porque no les apetece.

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Romo Boyero, José Luis

Abogado de Salamanca especializado en Derecho de Familia

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Buenos días.

Desconozco qué dice el convenio o la sentencia respecto a las actividades extraescolares. Lo habitual es que se pongan de acuerdo los dos (padre y madre) como veo que han hecho ustedes en lo relativo al conservatorio de música. En cuanto al baile, si usted no está de acuerdo, no tiene por qué correr con la mitad de ese gasto. Si el padre quiere llevar a la niña a baile que sea él quien corra con ese gasto y se encargue él de todo. Usted no tiene por qué hacerlo. En cualquier caso no estaría de más preguntarle a la niña si le apetece -y puede- ir a clases de baile.

Espero haberle sido de ayuda.

Un saludo.

José Luis Romo.
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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Hay que revisar su convenio, y el horario de visitas del padre. Las actividades extraescolares no necesarias, como es el baile, las puede decidir un progenitor y abonarlas él, pero si dicha actividad redundara en perjuicio de la menor, se podría solicitar al juez que no se hagan.
Respecto al tema de que los abuelos paternos recojan a la menor, tiene que tener en cuenta que en el horario del padre, éste puede delegar en cualquier persona de confianza el cuidado de la niña siempre que no la ponga en ningún riesgo. Si los abuelos pasan a recoger a su hija en su domicilio, usted puede negarse a entregarla puesto que las sentencias regularmente dicen que la recogerá el padre. Si

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Si el acuerdo que comenta no está escrito ni lo puede probar, es evidente que se puede no respetar. Si las clases de que habla no figuran en el convenio, se requiere su consentimiento si la otra parte pretende que las pague o no se desarrollan exclusivamente en los tiempos de visitas del padre. Lo aconsejable es dirigir un requerimiento fehaciente al padre con las advertencias oportunas para que quede bien clara su postura y no se entienda que consiente lo que no quiere. Si desea un presupuesto, contacte con nosotros.

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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Habría que revisar las estipulaciones del convenio de parentalidad para poder darle una respuesta adecuada.

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