Tengo un problema con una deuda con hacienda y quisiera saber su opinión si fuera posible.

Antes que nada, darle las gracias por su atención.
Tengo separación de bienes con mi mujer desde el 2014, por lo que nuestra vivienda ha pasado a ser únicamente de su propiedad. Por otro lado, hacienda nos envió una carta en julio de este año 2016 por primera vez con una propuesta de liquidación sobre unos impuestos del 2013 de mi actividad como autónomo. Si prospera la deuda que ellos dicen que debe ser liquidada y no puedo pagarla ¿Me pueden embargar la vivienda aunque tenga separación de bienes desde el 2014 y esté la casa a nombre de mi mujer?

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO Cláusula Suelo Algeciras - Francisco de Paula Díaz Mateos

ABOGADO Cláusula Suelo Algeciras - Francisco de Paula Díaz Mateos

Abogado de Algeciras especializado en Derecho Civil

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Buenos días. Hacienda puede pensar que la separación de bienes en 2014 se hizo para poder eludir el pago de los impuestos que se devengaron en 2013, aunque la liquidación no se haya hecho hasta ahora, porque en dicho año desarrollaba la actividad. Y el asunto es serio, porque podría pensarse que es un alzamiento de bienes. Mi consejo es que si la deuda realmente le pertenece, y está correctamente liquidada, negocie con Hacienda un fraccionamiento o aplazamiento del pago, que casi con toda seguridad aceptarán salvo que se trate de retenciones a trabajadores o a arrendadores. Si usted cree que no le corresponde pagar lo que le piden, o que la deuda está mal calculada, podemos mirar el caso concreto y asesorarle. Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
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Si finalmente ha de pagar la cantidad que le está reclamando Hacienda, tiene la posibilidad de solicitar un fraccionamiento de la misma para poder pagarla en varios plazos y no tener que afrontarla entera de una vez. Pero si no paga ni alcanza un acuerdo con Hacienda, le embargarán los bienes suyos, pero en ningún caso los que no lo sean, por lo que si la vivienda consta inscrita en el Registro de la Propiedad a nombre de su esposa, Hacienda no podrá embargarlo si la deuda es exclusiva de usted.

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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Como señala mi compañero Hacienda puede estimar que la liquidación de la sociedad de gananciales y la separación de bienes se han realizado en fraude de acreedores y por tanto reclamar la deuda tanto a usted como a su mujer. Le aconsejo que negocie con Hacienda para concretar el pago o su fraccionamiento.

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Sillero Abogados - Manuel Sillero Onorato

Sillero Abogados - Manuel Sillero Onorato

Abogado de Sevilla especializado en Despidos

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Buenos días:

Habría que estudiar la situación atendiendo a hechos tales como las fechas de cada hecho (separación de bienes, compra de la vivienda, nacimiento de la deuda, etc).

Le sugiero que cocierte una visita y se informe adecuadamente de sus derechos y obligaciones para evitar sorpresas.

Saludos

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