¿Tiene derecho de cortar suministro eléctrico la distribuidora?
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Abogado de Valdepeñas especializado en Arbitraje
Vamos por partes. Lo primero es partir del supuesto que da pie al corte de suministro y que entiendo que para Endesa debe estar en el impago consecutivo de las diversas mensualidades que reclama. Por tanto se debe aclarar todo lo relativo a esto. Que a su vez me parece puede remitir a determinar quien resultaba obligado a ese desembolso durante las obras y las condiciones de entrega del piso respecto de la instalación eléctrica en su caso (p.ej: si no se habitó el piso por la reforma y esa energía se consumió por los operarios que acometieron la reforma con motivo de sus trabajos. Y si esta reforma suponía o no la alteración de la instalación eléctrica). Con independencia de ello si el consumo verificado no coincide con el reclamado se debe impugnar las lecturas que arrojan los recibos a fin de que se ajusten al valor real de los kw consumidos. Toda vez que indica que Endesa rechaza la lectura parece que la vía que les queda es la de los servicios de consumo si no desean acudir al juzgado a reclamar.