Tributación salarios de tramitación.

Buenas tardes.Me despidieron el 31/12/2012. El 15/06/2015 adquiere firmeza mi sentencia de despido nulo. Me reincorporan el 06/08/2015 y me abonan los salarios de tramitación el 30/06/2016 de los años 2013,2014 y 2015. Me han abonado unos 19.000 euros aunque el bruto es de 48.000€. Ya declaré en 2013 y 2014 las prestaciones por desempleo que ahora me deducen . Me han retenido el 15% de irpf. Si declaro todo en el año 2015 me coge una base de 48.000 mas 15.000 o sea 63.000€ de los cuales yo 28.000 no he cobrado ya porque me ha sido deducido parte en prestaciones, parte en indemnizaciones y parece algo que no es real. Tributo por algo que no he cobrado y además parte ya fue tributado en años anteriores. Mi dudas son, dado que no me han abonado en el año de firmeza de las sentencia sino al siguiente y como me han descontado un 15% lo puedo declarar como atrasos en cada año correspondiente? ¿si no fuera posible puedo aplicar la reducción del 30%?
Estoy algo molesta ya que si lo declaro todo tal cual resulta que 9.000 euros se lleva hacienda más lo del abogado, al final he estado dos años sin trabajar y es como si mis salarios fueran para hacienda.

Muchas gracias por todo.

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Abogado Javier-Pozo, Gabinete jurídico Laboral-Social-Civil
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Contestado

Buenas tardes,
Resulta obligado realizar una complementaria de los ejercicios 2013 y 2014 por cuanto el empresario te abonó salarios del 2012 y 13 y 14 en este ejercicio 2016

Sobre deducción de IRPF en nómina y pagos del empresario y del FOGASA

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