Denuncia por violencia de género: cómo funcionan las primeras 72 horas

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Qué ocurre desde la denuncia hasta el juzgado de violencia sobre la mujer: detención, juicio rápido, orden de protección y derechos de ambas partes en las primeras 72 horas.

Los procedimientos por violencia de género se mueven a una velocidad que sorprende a todo el mundo: entre la denuncia y la primera resolución judicial rara vez pasan más de 72 horas. Conocer ese circuito ayuda a las dos partes a entender qué está pasando y a tomar decisiones con la cabeza fría en un momento de máxima tensión.

Tras la denuncia, lo habitual es la detención del denunciado y su paso a disposición del juzgado de violencia sobre la mujer, un juzgado especializado que concentra estos asuntos. Allí, en cuestión de horas, se decide mucho: si el procedimiento sigue como juicio rápido, si se acuerda una orden de protección y en qué términos, y la situación personal del investigado.

La orden de protección puede incluir medidas penales (alejamiento, prohibición de comunicación, salida del domicilio) y también civiles (uso de la vivienda, custodia y visitas de los hijos, pensión provisional), que se adoptan en una comparecencia urgente. Es una pieza decisiva del procedimiento y ambas partes deben llegar a esa comparecencia asesoradas: lo que allí se acuerda condiciona los meses siguientes.

La persona denunciada conserva todos sus derechos: asistencia letrada desde el primer momento, conocer los hechos denunciados, guardar silencio y proponer prueba. La persona denunciante, por su parte, tiene derecho a asistencia jurídica gratuita especializada inmediata, a intérprete y a ser informada de la situación procesal del investigado, incluida su puesta en libertad.

Dos advertencias prácticas válidas para ambos lados. Primera: si se dicta orden de alejamiento, cualquier contacto posterior —aunque sea consentido o iniciado por la otra parte— constituye un nuevo delito de quebrantamiento. Segunda: estos procedimientos generan mucha documentación en muy poco tiempo (partes médicos, atestados, mensajes); conservarla íntegra y sin manipular es esencial, porque el juicio puede celebrarse en días y la prueba disponible es la que se haya preservado.

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