Dispensa Examenes Nacionalidad española

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Los extranjeros cuyo idioma de origen no sea el español y quieran adquirir la nacionalidad española, tienen obligatoriamente que hacer los exámenes de conocimiento de nuestro idioma a través del Instituto Cervantes, en concreto los exámenes DELE y CCSE, siempre que no hayan aprobado cursos de escolarización obligatoria que acrediten el conocimiento del español.

Los extranjeros cuyo idioma de origen no sea el español y
quieran adquirir la nacionalidad española, tienen obligatoriamente
que hacer los exámenes de conocimiento de nuestro idioma a través
del Instituto Cervantes, en concreto los exámenes DELE y CCSE,
siempre que no hayan aprobado cursos de escolarización obligatoria
que acrediten el conocimiento del español.
Aquellos extranjeros que no tienen nuestro sistema de
escritura, como puede ser las personas que escriban con caracteres
árabes, cirílicos, chinos, etc…, tienen la dificultad de aprender tanto el
idioma como la escritura con nuestro alfabeto. A partir de
determinada edad (normalmente a partir de los 45 años de edad),
resulta más complicado aprender a escribir con nuestro abecedario,
encontrándose los extranjeros en la situación de que hablan y
comprenden perfectamente nuestro idioma, saben incluso leerlo, pero
les resulta imposible escribirlo.
Con el fin de que esta dificultad no impida adquirir la
nacionalidad española a esos extranjeros, el Ministerio de Justicia
concede la dispensa para hacer los exámenes obligatorios
DELE y CCSE del Instituto Cervantes, de forma oral en vez de
hacerlos por escrito, a fin de salvar esa dificultad de no saber
escribir con los caracteres latinos. Por tanto, no es que se dispense
de hacer los exámenes obligatorios del conocimiento y comprensión
del idioma español, sino que se permite que esos exámenes se hagan
de forma oral en vez de hacerlos por escrito, que es lo habitual.
Dicha dispensa se concede fundamentalmente a aquellos
extranjeros que acrediten ese analfabetismo funcional debido a la
edad avanzada, normalmente mayores de 45 años.
Para adquirir la nacionalidad española, es fundamental haber
aprobado los exámenes DELE y CCSE del Instituto Cervantes, antes
de recopilar la demás documentación necesaria para solicitar la
nacionalidad, por lo que recomendamos acudir a un profesional en
derecho para que le asesore sobre esta circunstancia, sobre todo si se
trata de un extranjero con analfabetismo funcional como el que
acabamos de explicar.

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