Nacionalidad española por residencia.

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La denegación de la solicitud de nacionalidad española por residencia puede ser impugnada mediante un recurso administrativo y/o un recurso judicial .

Los recursos contra la resolución denegatoria de nacionalidad española son una oportunidad de hacer valer el derecho constitucional de adquisición de la nacionalidad española.

Los plazos legales en el proceso administrativo y judicial son de suma importancia por cuanto si transcurren dichos plazos sin haber interpuesto el recurso se debe presentar nuevo expediente con el tiempo que todo ello conlleva. 

El recurso de reposición es un recurso potestativo (se puede formular previo al judicial o no, es decir, se interpone directamente el judicial) en vía administrativa que se debe presentar en el plazo de un mes ante el Ministerio de Justicia desde el día siguiente al de la notificación de la resolución denegatoria. El recurso contencioso-administrativo, en cambio, se debe interponer en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de denegación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Ambos recursos requieren la intervención de Abogado.   

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