Accidente con alcoholemia 0,51 tres heridos leves

Circulaba con mi vehículo cuando gire bruscamente mi coche derrapo acabando en una zanja de una obra, los cuatro ocupantes salimos por nuestro propio pie, dos de ellos fueron al hospital pero no tuvieron nada grave ni tuvieron que coger la baja, en la prueba de alcoholemia di 0.51 me ha llegado la carta del juez de instrucción citándome el día 10 de enero por un delito de conducción bajo los efectos del alcohol, los acompañantes están citados antes que yo el día 28 de diciembre,
Mi pregunta es, iré a la cárcel, nunca he perdido ningún punto ni tengo antecedentes policiales, tengo bastante miedo a la idea de entras en prisión.

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ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
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Si no tiene antecedentes es muy muy difícil que vaya a prisión. En el peor de los casos, lo normal sería una pena de multa y privación del permiso de conducir.
Al ser la tasa de alcohol inferior a 0.60 es necesario que existan síntomas evidentes de conducir bajo la influencia de alcohol.
Le aconsejo, que ante de ir a declarar el 28 de diciembre, designe abogado penalista particular que vaya ver Y CON ANTELACIÓN las actuaciones y el atestado, para así poder establecer una estrategia de defensa. Dependiendo de lo que allí se vea, se podrá intentar que salga totalmente absuelto.
Si no designa Abogado particular le designarán uno de oficio al que tendrá que abonar si no carece de medios.

Quedamos a su disposición.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Bufete Ledesma y Tavero

Bufete Ledesma y Tavero

Abogado de Móstoles especializado en Derecho de Familia

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Cuando la tasa de alcohol en aire espirado supera los 0,60 miligramos por litro la condena es automática. Cuando la tasa de alcohol es inferior, la condena es más difícil. Por lo que usted cuenta, es muy difícil que usted vaya a prisión. En el peor de los casos la sanción será una multa. Le recomiendo que el 10 de enero acuda con un abogado. Si quiere que nosotros le ayudemos, por favor, avísenos con antelación para estudiar el expediente que habrá en el Juzgado y defenderle mejor.

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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A la carel no va a ir, otra cosa es la multa y retirada de permiso de conducir. Por lo que cuenta le van a citar por juicio rápido y tal vez se podría defender una absolución, sobre todo si las lesiones son de poca entidad y no hay secuelas y como cuenta había una obra en la carretera que podría ser la causa de que perdiera el control, por lo que la influencia del alcohol no fuera determinante en la causación del accidente.

Saludos

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ABOGADO DELITOS FISCALES MADRID JULIO PERODIA CRUZ CONDE
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Si no ha habido lesionados graves, declararas y decretaran libertad condicional con cargos a la espera de juicio oral, una vez se haya instruido el presunto delito, en principio delito contra la seguridad de tráfico. Búscate un abogado para ir a declarar, él te dirá lo que haya que hacer.

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