¿Cómo puedo protegerme de las deudas que pueda tener un socio con otras sociedades?

Hola. Voy a crear una sociedad con otra persona (también tiene otras sociedades en las que no participo yo) y quisiera saber qué medidas debería adoptar para protegerme, tanto yo como la sociedad de nueva creación ante posibles deudas, embargos o incidencias que pueda tener este socio en sus otras sociedades. Desconozco si existen pero es por precaución.

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Abogado Viveiro Minia N. Insua

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Abogado de Viveiro

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Buenos días;
Entiendo que van a crear una S.L. , en este caso comentarle que las sociedades disponen de personalidad jurídica propia por lo que sus socios no responderán de las deudas de las sociedad, sino que únicamente responderá la sociedad de sus propias deudas con los bienes que estén a su nombre, el dinero de sus cuentas, y a falta de éstos con su capital social.
Por este motivo, no tiene que preocuparse de las deudas que tenga su socio a título personal o las contraídas por las sociedades de las que éste forme parte.
Espero haberle sido de ayuda.
Si necesita asesoramiento para la constitución de la sociedad no dude en contactarnos.
Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado especialista accidentes Coruña - José Ángel Sánchez Leis
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Siento discrepar de mi compañero. La afirmación de que sólo responde la sociedad de sus propias deudas no puede ser tan tajante.
Por experiencias con clientes SL, le puedo asegurar que si la actividad de la nueva sociedad es total o parcialmente coincidente con las otras sociedades, puede establecerse derivación de responsabilidad, sobre todo en cuanto a posibles embargos de Agencia Tributaria y Seguridad Social.
Es importante tener eso en cuenta a la hora de constitur la sociedad.
Para cualquer asunto relacionado con el tema le podremos asesorar en nuestro despacho en A Coruña

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Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
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Comparto la opinión de mi compañero Sánchez Leis, y a mayores, decirle, que respecto de las deudas personales de su socio podrían embargar las participaciones o acciones que éste tengan asignadas en la nueva sociedad. Lo mejor es preguntar al futuro socio su situación patrimonial y de las empresas en las que él es socio y en base a esa información (de la que tendrá que fiarse según su grado de confianza) decidir si le conviene o no constituir la sociedad con esa persona como socio. Quedamos a su disposición en: linsua@icacor.es

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