¿Cómo se realiza la revocación de un contrato de alquiler?

En Octubre 2008 firmamos un contrato de arrendamiento de una vivienda en el que el plazo del alquiler era 1 año +4. Transcurridos los 5 años de contrato, la renovación ha sido tácita. No hemos formalizado ningún contrato adicional desde 2013. Han pasado 3 años desde el vencimiento del contrato y mi pregunta es, en Octubre de 2008 hará 8 años que estamos de alquiler y me gustaría saber si la renovación es anual si ninguna de las partes dice nada y con que tiempo de pre-aviso nos debe comunicar el propietario que dejemos la vivienda en caso de que no quiera seguir con el arrendamiento?

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Contestado

Si la duración inicial fue de un año y el contrato se prorrogó hasta el máximo legalmente establecido y luego se ha ido también prorrogando cada año hasta hoy, si el propietario no les dice nada con una antelación mínima, al menos, de 30 días a la fecha de vencimiento, el contrato se entenderá prorrogado por otro nuevo año. No obstante, en el supuesto de que reciban dicha comunicación del propietario, siempre podrán también tratar de negociar unas nuevas condiciones que les permitan poder seguir en la vivienda. Si desean contar con nuestro asesoramiento se pueden poner en contacto con nosotros por teléfono o email y pedir un presupuesto.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado