Esposa con demencia senil, deseo administrar sus bienes sin restricciones de ningún tipo
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Mejor respuesta según autor
Buenos días:
Va a necesitar iniciar un procedimiento judicial, ante Juzgado de Primera Instancia correspondiente, de solicitud de Curador (Art. 276 Código Civil) por el procedimiento regulado en la Ley de Jurisdicción Voluntaria (Ley 15/2015, de 2 de julio).
Para más información, consulte a este Despacho y le atenderemos.
Atentamente.
ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
Abogado de Lugo especializado en Derecho Laboral
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Buenos días, Para poder tomar decisiones en representación de su esposa tiene que iniciar un procedimiento judicial ante el juzgado de primera instancia y que lo designen curador. Pero en todo caso siempre tendrá que rendir cuentas ante el juzgado. Y para poder realizar venta de bienes dicha venta tiene que ser autorizada por el juzgado.
No existe la capacidad de administrar bienes de un tercero sin control judicial.
Abogado sucesiones y herencias Boadilla del Monte - Fernando Llorente Peciña
Abogado de Boadilla del Monte especializado en Derecho Civil
Tiene que instar la incapacitación judicial.
Para una mayor información del asunto se puede poner en contacto con nuestro despacho en el teléfono que pone en nuestro perfil