Esposa con demencia senil, deseo administrar sus bienes sin restricciones de ningún tipo

Está internada en una residencia privada, de momento disponemos de medios suficientes para su estancia; pero quiero aumentar nuestros medios económicos de cara al futuro, poniendo en venta bienes heredados de sus padres.
Nuestro régimen es de bienes gananciales.
¿Qué necesito hacer para realizarlo y seguir siendo a futuro su administrador incondicional?

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LACAMBRA DESPACHO DE ABOGACÍA SLUP

LACAMBRA DESPACHO DE ABOGACÍA SLUP

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Contestado

Buenos días:
Va a necesitar iniciar un procedimiento judicial, ante Juzgado de Primera Instancia correspondiente, de solicitud de Curador (Art. 276 Código Civil) por el procedimiento regulado en la Ley de Jurisdicción Voluntaria (Ley 15/2015, de 2 de julio).
Para más información, consulte a este Despacho y le atenderemos.
Atentamente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
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Buenos días, Para poder tomar decisiones en representación de su esposa tiene que iniciar un procedimiento judicial ante el juzgado de primera instancia y que lo designen curador. Pero en todo caso siempre tendrá que rendir cuentas ante el juzgado. Y para poder realizar venta de bienes dicha venta tiene que ser autorizada por el juzgado.
No existe la capacidad de administrar bienes de un tercero sin control judicial.

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Abogado sucesiones y herencias Boadilla del Monte - Fernando Llorente Peciña
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Tiene que instar la incapacitación judicial.
Para una mayor información del asunto se puede poner en contacto con nuestro despacho en el teléfono que pone en nuestro perfil

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