Finiquito por incapacidad
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Contestado
El plazo para el finiquito se regula, habitualmente, en los convenios colectivos. No obstante, todo indica que la empresa debería de habérselo entregado y abonado ya. La empresa debería de haber sido informada de que le han dado la incapacidad.
Es conveniente que cuente con un abogado para hacer la reclamación oportuna. El plazo para reclamar es de 1 año. El retraso en el pago de estas cantidades puede conllevar una indemnización en su favor.
También es conveniente que cuente con un abogado para revisar las cantidades y conceptos que incluye el finiquito.
Además, hay que saber si la incapacidad ha sido por motivos comunes o laborales, pues puede tener derecho al cobro de otras cantidades de dinero.
Estamos a su disposición. Saludos.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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