Incapacidad permanente por infarto de miocardio.
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Hola Buenos Dias
El infarto de Miocardio, se considera accidente de trabajo si ocurre en el lugar de trabajo, en horario de trabajo, y trabajando.
También se ha considerado como accidente de trabajo, si el facultativo que lo atiende retrocede la iniciación del mismo al horario en el que dicho trabajador prestaba sus servicios laborales.
Para contestarte con mas profundidad, debería saber tu situación personal.
Si ya lo has solicitado al INSS solo te queda interponer la correspondiente demanda.
Si necesitas ayuda, no dudes en contactar conmigo.
Un saludo
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Buenos días, respecto al infarto de miocardio existe numerosa jurisprudencia. El primer punto a tener en cuenta para determinarlo como un accidente laboral es conocer si ocurrió en el lugar y en el tiempo de trabajo.
Aunque el INSS haya desestimado su solicitud extrajudicial queda abierta la vía judicial, debiendo presentar demanda ante el Juzgado Decano en tiempo y forma.
Para poder darle una respuesta más exhaustiva necesitaría estudiar la documentación existente.
Quedo a su disposición.
Lda. Inmaculada García Gilarte.
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
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Si no le paso mientras trabajaba difícilmente puedan considerarlo accidente de trabajo.
Hola
Espera que tengas contestación del INSS, a ver si la acepta.
Espero que en tu escrito solicitando que se declare como accidente laboral, hayas puesto que realizabas en ese momento pedidos, encargos, etc, para que se pueda considerar lugar de trabajo
Un saludo
Abogado Divorcios Lucena - Rafael Grande Sanchez
Abogado de Lucena especializado en Derecho Civil General
Buenas tardes.
Hace falta más datos
Para poder valorar en profundidad su situación. Si le interesa póngase en contacto.
Gracias.