Instalacion de ascensor en patio de uso
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Abogado Lesiones Alicante Hurtado Bárez Abogados
Abogado de Alicante/Alacant especializado en Responsabilidad Civil
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Buenos días, al ser una zona común se puede realizar la instalación del ascensor sin corresponderle indemnización alguna, a no ser que dicha instalación le haya generado algún tipo de perjuicio (ruidos, privación de vistas, etc) o cuando sea necesaria la ocupación de un elemento privado de su vivienda para la realización de la obra.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Abogado Vivienda Pamplona Maria Sola Amoedo
Abogado de Pamplona/Iruña especializado en Derecho Urbanístico
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Buenos días:
Sí que le correspondería una indemnización, en función del daño evaluable (metros de ocupación, luminosidad.
El valor de la indemnización tendrá en cuenta la pérdida del uso, no la pérdida de la propiedad.
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