¿Me pueden despedir verbalmente y desprestigiarme delante de mis alumnos?

Trabajo en un centro de estudios como profesora de primaria, este centro se va a trasladar y como consecuencia mi plaza se suprime, hasta ahí todo normal, pero NO se me comunica con quince días de antelación y oralmente en una clase llena de alumnos de la directora del Centro, ni tan siquiera en privado.
Yo le digo bueno que eso me lo tenias que haber comunicado el día 15 y por escrito (creo yo que es así) (...) delante de todos esos alumnos me dice que yo he hundido la primaria, cosa evidentemente que no es cierta (hoy mismo estoy localizando a ex alumnos míos para que corroboren lo que digo) pero que creo atenta contra mi profesionalidad.
¿Por todo esto es legal que me lo comunicase de esa forma? ¿Tengo que hacer algo por el hecho de este tipo de conducta laboral de la aun es mi jefa hacia mi?
¿Me corresponde finiquito? ¿Y a quien se lo solicito?
¿Se supone que septiembre era mi mes de vacaciones, me puede despedir antes de las vacaciones?
Necesito respuestas por favor.
Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Premium
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
  • Mejor respuesta según autor
Contestado

Le sugiero que se ponga urgentemente en manos de un abogado laboralista, entiendo que, en principio, el despido es improcedente, no obstante, le reitero que es urgente que se ponga en manos de un abogado laboralista, puesto que solo dispone de 20 días para impugnar judicialmente el despido.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Contestado

Cuando existe un despido verbal la carga de la prueba la tiene el trabajador, por lo que deberá enviar un burofax.
El despido acontecido por lo que comenta es del todo improcedente, no obstante debe hacerse lo indicado anteriormente.
En cuanto a sus vacaciones y salarios si tuviese pendientes se reclamarían en la misma demanda de despido.
Quedamos a su completa disposición para llevar su caso con la mayor celeridad posible, piense que tiene 20 días hábiles desde que se ha producido el despido.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado