¿Qué ocurre en caso de no aceptar un contrato reducción de horas?
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Cuando se recibe la notificación de la modificación de las condiciones de trabajo, podrá: Aceptar la medida o en el supuesto de que resultase perjudicado por la medida, excepto en las modificaciones de sistema de trabajo y rendimiento, tiene derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de 20 días de salario por un año de servicio con un máximo de nueve meses.
También puede acudir a tribunales para impugnar la medida. En el plazo de 20 días hábiles si está podrá impugnarla ante la jurisdicción social. La sentencia declarará la modificación justificada o injustificada y, en este último caso, reconocerá el derecho del trabajador a ser repuesto en sus anteriores condiciones. Ahora bien, si la sentencia declara justificada la medida, tiene derecho a extinguir el contrato de trabajo dentro de los quince días siguientes con la indemnización anteriormente mencionada, de 20 días por año de trabajo con un máximo de nueve mensualidades. Y si la sentencia declara injustificada la modificación le reconocerá el derecho a que sea repuesto en sus anteriores condiciones de trabajo. Si la empresa no procede a reintegrarlo en sus anteriores condiciones o lo hace de modo irregular, puede solicitar la extinción del contrato, con la percepción de la indemnización previas para el despido improcedente.
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
Seria necesario ver la carta que le han dado, ya que no tiene mucho sentido el hecho de que pase a prestar el 50% de sus servicios a otra empresa diferente.
No obstante, si son un grupo de empresas podrá dirigir su reclamación contra ambas.
Quedamos a su completa disposición para estudiar su caso con mas detenimiento, recordándole que dispone de 15 días para impugnar si se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y de 20 si se trata de una novación contractual.
TANDEM ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Laboral
Hola:
Doy por hecho que se trata de un grupo de empresas por lo que no perdería antigüedad, ni indemnización alguna. La verdad es que suena todo un tanto extraño y habría que valorar la comunicación que le han dado y las razones que argumentan. Vd. Puede extinguir su contrato de trabajo con una indemnización de 20 días por año con un máximo de 9 meses, si la modificación de condiciones de trabajo le perjudica.
Espero haberle ayudado. Le agradecería que valorara mi respuesta. Un saludo
No tiene mucho sentido que le cambien de empresa ya que eso ne se puede hacer asi por las bravas y ademas implica un reduccion de su jornada del 50%.
Deberia interponer una demanda por modificacion de contrato para eso tiene un plazo de 20 dias desde que se lo comuncaron.
No olvide valorar la respuesta.
Gracias.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Al modificarse sus condiciones esenciales de trabajo, si usted no las acepta, puede extinguir el contrato de trabajo y pedir una indemnización de 20 días por año de trabajo, hasta un máximo de 9 mensualidades.
ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Puedes impugnar las resolución si no está justificada para que te repongan a tus condiciones anteriores o pedir la resolución del contrato con 20 días por año.
Un saludo.
Estimado cliente: Desde nuestro despacho le animamos a que se ponga en contacto con nosotros para poder ayudarle.