Pueden embargar la pensión de jubilación
Respuestas de otros profesionales:
Premium
Abogado accidentes tráfico Córdoba - Fernando Alcántara Abogados
Abogado de Córdoba especializado en Derecho Civil General
VER PERFIL
-
1 voto útil
Contestado
Buenos días, todo lo que sobrepase el salario mínimo interprofesional, fijado actualmente en 655,20 €, es embargable en la cuantía legalmente establecida. Un 30% hasta el doble de esa cantidad. Saludos
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO CIVIL MALAGA RDM Abogados
Abogado de Málaga especializado en Derecho de la Vivienda
VER PERFIL
-
1 voto útil
Contestado
No se puede embargar la pensión que sea inferior al salario mínimo interprofesional, que para el año 2016 está fijada en 655´20 €/mes. Si lo supera, el porcentaje varía según el importe de la pensión.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
contacte con este Abogado