¿Pueden prohibirme la entrada a la casa conyugal estando en trámite de divorcio?

Mi consulta es. Llevo viviendo fuera de la casa conyugal con mi hijo de 18 años desde junio, he comenzado trámites para divorciarme, he ido a recoger pertenencias, ropa, etc. a mi casa, y mi ex me dice que no puedo ir sin avisarle o sin que él esté conmigo.
No tenemos todavía ningún preacuerdo, convenio, nada, es más, creo que tendré que pensar en una demanda.
Por favor podrían asegurarme si legalmente puedo entrar en casa sin avisarle o tengo la obligación.
Ha venido a mi trabajo a molestarme diciéndome que no puedo ir allí.

Gracias anticipadas.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Derecho Civil Vigo Angeles Fernández Berceruelo
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Necesito saber si ustedes estaban casados o eran solo pareja, y en ese caso de quien es la propiedad de la vivienda, o en virtud de que título la ocupaban ustedes. En principio, si están casados y la vivienda es propiedad de la sociedad de gananciales, y dado que de su pregunta parece que no hay medidas provisionales ni previas a la demanda de divorcio que otorguen el uso del domicilio conyugal a su pareja, a priori usted podría seguir entrando en la que es su vivienda. Sin embargo, en otro caso podría ser discutible que usted pudiera acceder sin consentimiento a una vivienda en la que ya no reside de manera voluntaria desde hace meses y de la que no es propietaria o arrendataria. Para darle una opinión más concreta necesitaría conocer las circunstancias concretas con más exactitud, para lo que estoy a su disposición en mi despacho profesional, solicitando cita previa.

En todo caso, al haberse ido usted voluntariamente ya hace unos meses, personalmente no le recomiendo que acuda sola y sin avisar a la vivienda pues claramente podría suponer una importante fuente de problemas que lo único que va a hacer es empeorar sus relaciones y hacer más difícil llegar a un acuerdo, que al final siempre, sobre todo cuando hay hijos comunes, es lo más conveniente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
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Buenos días,
Tal y como ya le ha respondido un compañero los datos que facilita son insuficientes para poder darle una respuesta precisa.
Si ustedes estaban casados y la vivienda pertenece a la sociedad de gananciales, mientras no se fije un régimen provisional, legalmente tiene el mismo derecho a entrar en la casa que su marido.
Si la vivienda pertenece a su marido, o si es en alquiler, y dado que hace meses que usted ha abandonado el domicilio conyugal, no tendría derecho alguno sobre la vivienda, sin perjuicio de que en el juicio el juez le pueda asignar el disfrute de la vivienda familiar durante un tiempo, al tener la custodia del hijo común.
En cualquier caso, a lo que sí tiene derecho es a retirar sus pertenencias. Pero desde luego es mejor que vaya acompañada de un par de testigos, a poder ser que no sean familia de usted para que su testimonio no pueda ser objeto de tacha en un eventual juicio.
Y sobre todo, muy importante, presente ya la demanda de divorcio. Si lo prolonga sólo conseguirá empeorar las cosas!

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abogadosgalicia.com

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Abogado de Vigo especializado en Derecho de Familia

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En Derecho, se distingue entre posesión y propiedad. Al haber abandonado voluntariamente la vivienda conyugal ha dejado de tener el derecho de posesión, independientemente que la vivienda se haya adquirido en gananciales o sea un bien privativo de usted.
Es aconsejable, regularice su situación a través de un convenio regulador donde se especifique las situación patrimonial de cada cónyuge, la pensión compensatoria y/ de alimentos, etcétera.
Le ofrecemos la posibilidad de contar con nuestro departamento jurídico y de mediación familiar.

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