¿Puedo denunciar maltratos después de varios años?

¿Puedo denunciar un caso de maltrato físico, con informes médicos, cuando han pasado 8 años desde que ocurrieron?

Respuestas de otros profesionales:
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CRISTINA GARCIA CASTELL ABOGADA EXPERTA EN DIVORCIOS DE CIUDAD REAL
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Estimado Sr:
En derecho hay veces que existen plazos para realizar las cosas, por lo que unas lesiones después de 8 años a lo mejor es difícil de que se pueda denunciar ahora, a lo mejor si existen lesiones psicológicas de esas secuelas y usted lo acredita a l mejor es posible reclamar, también habría que ver los informes médicos, pues es importante ver que lesiones son , pues si no son graves has prescrito ( pasado el plazo para reclamar ) y ya es imposible hacerlo, y lo mejor es dar una respuesta cierta con los papeles en la mano.
así que si lo desea le concierto una cita profesional , para que veamos el caso con documentos. en espera de su respuesta , reciba un saludo.
Cristina GC; Abogada.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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CRISTINA GARCIA CASTELL ABOGADA EXPERTA EN DIVORCIOS DE CIUDAD REAL
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Estimado Sr :
Le respondo que depende de los casos y de las situaciones, en la ley hay un tiempo para todo , y si han pasado 8 años es muy probable que esto no sea posible o puede que este prescrito ( pasado el tiempo para que sea delito ) si sigue teniendo secuelas y no han pasado sus traumas, tal vez sea mas posible poder solicitarlo, pero le digo que difícil lo tiene y ademas, habría que ver si tiene testigos, que tipo de informes médicos son que ponen los mismos, es decir sin ver documentación es difícil poder dar una respuesta veraz y contundente, si lo desea puede concertar cita con este despacho profesional y lo vemos. Un saludo cordial.

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ABOGADO PUERTOLLANO DE MANUEL ABOGADOS
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Buenos días. Este tipo de delitos prescriben a los 5 años, y si te tratase de un delito leve prescribiría al año, (véase artículo 131.1 del CP), debiéndose tener en cuenta que los plazos empiezan a computarse desde la mayoría de edad. Si usted se encuentra dentro de ese plazo si podría. Si necesita más asesoramiento sobre este asunto no dude en contactar con este Despacho. "de Manuel Abogados".

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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Como le han señalado mis compañeros, depende del carácter de las lesiones, aunque por lo que señala lo más seguro es que los hechos estén prescritos.

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Abogado Claúsula Suelo Ciudad Real Gonzalo Frías Gómez
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Dependería de la gravedad de los hechos, podrían estar prescritos.

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