¿Qué hacer si me reclaman una deuda e intereses ya pagados?
ABOGADO EXPERTO EN CONSUMO BARCELONA - FORUM ADVOCATS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil
Si se trata de una notificación judicial y no ha comparecido en el proceso es posible que los intereses ya hayan sido aprobados judicialmente en resolución firme y se inste el embargo de sus bienes, sin que Ud. pueda hacer nada para evitarlo, salvo ofrecer el pago antes de la ejecución para evitar las costas.
Piense que toda deuda genera intereses desde que es vencida y hasta que se abona el pago de la misma.
En el caso de cantidades reclamadas judicialmente el interés aplicable es el interés legal del dinero desde la resolución judicial o presentación de la demanda hasta la sentencia. A partir de la sentencia se le suman dos puntos al interés legal del dinero.
ABOGADO RUIDO VALENCIA RAUL BURGOS MANCHA
Abogado de Valencia especializado en Derecho Ambiental
Depende de si la reclamación es judicial o no. Si es judicial, debería defenderse si es improcedente, pero sepa que toda deuda impagada genera intereses. Es decir, aunque pagase la deuda, si sólo pagó el principal, no impide el devengo de intereses desde que se incurrió en impago hasta que se liquidó el principal.
ABOGADO CUSTODIA COMPARTIDA VALENCIA Antonio G. Ródenas
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
Debe oponerse con abogado y procurador. Aunque normalmente, en procedimientos monitorios los letrados solemos llegar a entendimientos antes de llegar a la vista de juicio.
Si quiere más información contacte con nosotros y atenderemos sus dudas sin coste alguno.
Siendo la cuantía superior a 2.000 euros, necesita para contestar llevar abogado y procurador. En la contestación habrá que presentar los recibos, ingresos o transferencias de l pago o pagos efectuados.
Un saludo.
Buenos días,
Debe acudir a un abogado de confianza para examinar la documentación y orientarle.
Saludos.