Renuncia a herencia casa en ruinas

Muy buenos días,
Mihermana y yo, aparecemos en el testamentoe de nuestra abuela en la que se nos de deja un aparte de una casa en ruinas hace casi 30 años.
¿Como podemos poreceder a renunciar a la misma?
¿Que sucede si en el plazo de 30 años no se ha aceptado ni rechazado una herencia?
¿Se puede rechazar pasado ese plazo?
Muchas gracias!

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Madrid Salinas Abogados

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Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil

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Renuncia a la Herencia:
Para renunciar a la herencia, tanto usted como su hermana deben hacerlo de manera expresa mediante un acto formal, que puede realizarse ante notario o mediante un escrito presentado ante el juzgado competente. La renuncia debe ser total, lo que significa que no se puede renunciar únicamente a una parte de la herencia (en este caso, la casa en ruinas), sino que la renuncia se extiende a todos los bienes que componen la herencia.
Lo anterior lo realiza en acta notarial el notario correspondiente al domicilio del último domicilio de la fallecida.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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LACAMBRA DESPACHO DE ABOGACÍA SLUP

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Buenos días:
El Código Civil, expone en el Artículo 1.008 que la repudiación de la herencia deberá hacerse en instrumento público o auténtico o por escrito presentado ante el Juez competente para conocer de la testamentaría o del abintestato. Si hubieran querido renunciar, entonces tendrían que haber renunciado en escritura pública. El plazo para renunciar se les ha pasado. Puede ser que, sin darse cuenta, la han aceptado tácitamente si han tenido la voluntad de aceptarla o han ejecutado algún derecho con la cualidad de herederos; entonces son responsables de todas las cargas con los bienes propios de ustedes.
Para más información, consulten a este Despacho.
Atentamente.

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