Tengo la canción grabada con la melodía musical y quiero registrarla.
Para proteger legalmente la canción (letra y melodía)
1. Registro de la Propiedad Intelectual (recomendado)
Se registra como obra musical con letra.
Puede hacerlo en el Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de Castilla y León o telemáticamente en el Registro de la Propiedad Intelectual de España.
Debe aportar:
Letra de la canción.
Partitura o archivo de audio con la melodía.
Datos del autor.
El registro no crea el derecho, pero sirve como prueba fuerte de autoría y fecha.
2. Registro en entidad de gestión
Puede inscribirse además en Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) si quiere gestionar derechos de explotación o cobro de royalties.
3. Alternativa rápida
Depósito digital con certificado de fecha (por ejemplo, Safe Creative), aunque el registro público suele ser más sólido jurídicamente.
✅ Conclusión: lo más recomendable es registrar la canción como obra musical con letra en el Registro de la Propiedad Intelectual, aportando letra y grabación.