¿Tengo una pena privativa de libertad de 4 meses de prisión con sentencia de dos años, suspendida, si no delinco en esos dos años?

Cumplo los dos años en octubre. ¿Debo seguir haciendo el plan de intervención una vez cumplidos los dos años?

Respuestas de otros profesionales:
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GONZALO & GONZALEZ ABOGADOS

GONZALO & GONZALEZ ABOGADOS

Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia

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Hola, en el momento en el que cumplan los dos años, puede solicitar al juzgado o éste debería de hacerlo de oficio la remisión definitiva de la pena, por no haber delinquido y cumplir todas las normas de conducta impuestas, archivándose y no teniendo que realizar ningún plan de intervención más.
Puede ponerse en contacto con su abogado que lo representó para que lo solicite y le archiven el procedimiento.
Un saludo y gracias.

Roberto Gonzalo
Gonzalo & González Abogados

Gestiones Gonzalo

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Le reoomendamos que hable con el abogado o procurador que está interviniendo en el procedimiento; aunque en principio cumplidos los dos años se tendría que terminar todo (de oficio o por haber presentado el correspondiente escrito). Más adelante no se olvide de cancelar los antecedentes penales y policiales.

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Abogado de Familia Oviedo Egolegal

Abogado de Familia Oviedo Egolegal

Abogado de Oviedo especializado en Derecho Civil

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Según el art. 85.2 del Código Penal, se podría solicitar la remisión definitiva de la pena, una vez transcurridos los dos años de suspensión sin haber delinquido y habiendo cumplido las normas de conducta si las hubiera fijado el Juez.

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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Le recomiendo que hable con su abogado para que se interese la remisión de la pena.

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