Embargo de vivienda y deudas impagadas
Abogado Civil Vélez-Málaga MATEOS ABOGADOS
Abogado de Vélez-Málaga especializado en Derecho Civil
La verdad es que no son muchos datos los que aporta para poderle dar una contestación que resuelva sus dudas ,en principio parece ser en relación con la deuda con la financiera ,que es la que entiendo que mas le preocupa , se debe a una póliza de crédito o similar que ustedes contrataron cuando estaban casados , y aunque después, al momento del divorcio, se pusieran al corriente , usted con posterioridad ha seguido disponiendo, con lo cual , y como no se resolvió esa póliza de crédito y sigue estando la firma de su ex , si que pueden reclamarle , otra cuestión es que al final sea obligada a pagar, o que se puedan embargar bienes , para ello ya es cuestión que se entreviste personalmente con un abogado al que le pueda dar toda la información y con ella le aconsejara .
Saludos
Mateos Abogados
Abogado Torre Del Mar Ivan García Corrales
Abogado de Vélez-Málaga especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes, en principio la financiera no puede embargar a su ex-mujer bienes propios por una deuda que no contrajo. Cuestión distinta es que los bienes que pretenda embargar sean propiedad de ambos, gananciales, etc., en cuyo caso puede proceder un embargo si se cumplen ciertos requisitos.
Le recomiendo concertar una cita para poder ofrecerle un asesoramiento personalizado después de examinar la documentación, pues los detalles que nos ofrece en su pregunta son escasos y es recomendable estudiar la situación de los bienes y las deudas que nos indica debidamente para evitar sorpresas desagradables.
Podemos atenderle en la zona de Màlaga capital, Fuengirola y Axarquia.
No dude en contactarnos.
ABOGADO HERENCIAS SEVILLA Juan Gilabert
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil
En primer lugar le recomiendo que su ex acuda a un letrado que le asesore. Por el proceder que comenta y teniendo en cuenta que la financiera amenaza con asnef y después con embargar la casa, parece que no tienen mucho (si una deuda es grande y se puede embargar algo directamente se pide el embargo al juez) parece ser que es la típica empresa de recuperaciones de deuda (muchas llamadas, mucho asnef, mucha amenaza pero poco más).
De todas formas reitero que debe verlo con un abogado que estudie la deuda y sus posibles consecuencias, más vale prevenir que encontrarse después con una desagradable sorpresa.
Abogados Sevilla-Malaga estamos a su disposición.
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
Abogado de Sevilla especializado en Responsabilidad Civil
Buenas tardes:
En principio, aquellas deudas adquiridas por financiación obtenida sin separación legal, aunque si de hecho, pueden ir contra los dos cónyuges, en el caso en que estuviesen en régimen de gananciales, ya que no figuraba la separación o divorcio legal en el registro civil por no haberse obtenido mediante sentencia. En todo caso habría que ver las distintas deudas cuando se adquirieron, por fechas y comprobar los términos. Saludos
Hola, les recomendamos que lo vean con un abogado para estudiar en profundidad el caso en concreto.
Habrá que ver si se pueden dirigir contra los bienes que tenéis en común en régimen ganancial.
Nos facilita pocos datos para poder explicaros más de momento.
Un saludo.
Roberto Gonzalo
Gonzalo & González Abogados
Gestiones Gonzalo
Yo se lo puedo llevar por 1.100 euros