¿Prescribieron las deudas con la Seguridad Social?
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
Lamento comunicarle que las deudas a la Seguridad Social no prescriben ya que las mismas van ligadas a las prestaciones que el mismo órgano le pueda conceder.
Nuestra recomendación es que si vuelve a darse de alta de autónomo (RETA) firme un convenio con ellos por el que sean abonadas de forma fraccionada, sino piense que el día que vaya a jubilarse o por desgracia padeciese una incapacidad permanente no le seria abonada dicha prestación hasta que no liquidase lo adeudado.
Abogado Javier-Pozo, Gabinete jurídico Laboral-Social-Civil
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho Laboral
La TGSS tiene 4 años para exigirte el pago de deudas de las cuotas de Autónomo. Ahora bien, tendrías que informarte del expediente, puesto que si además de darte de baja de oficio se inició la vía de apremio para reclamarte las cuotas, conforme al actual artículo 24.3 LGSS-2015, se habría interrumpido la prescripción.