Cláusulas abusivas en las hipotecas

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La crisis y las dificultades para pagar la hipoteca han llevado a muchos usuarios a revisar las cláusulas de su hipoteca que consideran abusivas y que pueden ser denunciadas para conseguir que les sean retiradas.

En la situación económica que teníamos en España antes del estallido de la actual crisis económica, era relativamente sencillo conseguir financiación hipotecaria de los bancos. No obstante, esa relativa facilidad escondía en no pocas ocasio8nes la inclusión de cláusulas muy desfavorables para el consumidor que posteriormente, al estallar la actual crisis y deteriorarse de manera muy importante la economía, han salido a relucir poniendo de manifiesto la clara injusticia que supone en muchas ocasiones la aplicación de estas cláusulas hasta el punto de que las mismas pueden llegar a considerarse abusivas con arreglo a lo dispuesto en nuestra legislación. Algunas de estas cláusulas son las siguientes:

1. Tipo de interés mínimo garantizado, comúnmente conocidas como "cláusulas suelo".-   Se incluyen en algunas hipotecas a tipo variable, es decir, aquellas en que el tipo de interés a pagar varía en función de las oscilaciones de determinados índices, como por ejemplo el EURIBOR. Estas cláusulas consisten en fijar un tipo de interés mínimo que se aplica siempre que el índice empleado para el cálculo de intereses esté por debajo de dicho interés mínimo. Se trata por lo tanto de asegurarse el banco que los intereses no van a bajar de una cifra determinada por mucho que pueda bajar el índice empleado para su cálculo.

2. Tipos de interés moratorio abusivos, que consiste en estipular tasas de interés a veces incluso por encima del 20 % que se aplican cuando el deudor se retrasa en el pago de alguno de los plazos.

Estas cláusulas con frecuencia son claramente abusivas con arreglo a nuestra legislación, ya que en numerosas ocasiones han sido incluidas en los contratos sin facilitar al cliente la debida información sobre las mismas antes de la firma, incumpliendo con ello el deber de transparencia al que están obligadas legalmente las entidades financieras, y porque además generan normalmente un grave desequilibrio entre la posición del banco y la del consumidor.

Cuando creamos estar ante una situación de este tipo, el primer paso que habría que dar sería tratar de negociar con el banco la modificación o supresión de esas cláusulas. En caso de no lograr un acuerdo satisfactorio, puede ser también de interés dirigir una queja al Banco de España, y finalmente quedaría la vía judicial para  que sea un Juez quien declare si estas cláusulas son o no abusivas en su caso concreto, y las consecuencias que ello pueda acarrear.

Para todos estos trámites es muy aconsejable contar con los servicios de un abogado con experiencia en este tipo de asuntos, siendo además de destacar que llegado el momento de iniciar la reclamación judicial, la intervención del abogado no solo será recomendable, sino que además será obligatoria.

En mi despacho estamos tramitando en la actualidad varios asuntos de este tipo, por lo que estaremos encantados de analizar los casos concretos que nos puedan plantear y su viabilidad para que, si lo desean, podamos encargarnos de su tramitación.

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