¿Es legal la comisión de apertura de las hipotecas?

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado recientemente una sentencia, a cuyo tenor, la comisión de apertura de una hipoteca no forma parte del objeto principal del contrato, y por tanto, puede ser declarada nula si no cumple los requisitos de transparencia.

Dicho de otro modo, la cláusula, donde, se recoge la comisión de apertura debe estar redactada de manera clara y comprensible a fin de que el cliente comprenda, tanto el contenido, como las consecuencias económicas de dicha estipulación.

En caso contrario, la comisión será abusiva, y por tanto, nula de pleno derecho, pudiendo reclamarse la devolución de la misma por el cliente.

Desde Abogadas Cartagena, te recomendamos que reclames la devolución de este importe, ya que, a día de hoy, resulta prácticamente imposible que el banco pueda acreditar que está comisión responde a servicios efectivamente prestados y gastos, en los que, haya incurrido.

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