La reforma de la Ley de Extranjería

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ASESOR PENAL EMPRESAS ALEJANDRO URDIALES

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Asesoría de Torremolinos

Resumimos brevemente las principales novedades de la reforma de 2011 en materia de inmigración.

Tras la reforma del año 2011 el gobierno introduce importantes novedades en los diferentes tipos de permisos que se regulan en el “Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009”. Esta desarrolla la “Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social”.

La nueva regulación se adapta a los nuevos ciclos migratorios, asimismo pretende mostrar más rigor, objetividad y transparencia en los procesos administrativos sobre inmigración. Auna criterios sobre los pasos a realizar por parte de los ciudadanos extranjeros, acelerando los mismos y facilitandoles muchos de ellos gracias a las nuevas tecnologías de la administración pública.

Los puntos más importantes son los siguientes:

* Garantiza la movilidad de los extranjeros asegurandoles un procedimiento más ágil a la hora de regresar voluntariamente a sus países de origen. El gobierno pretendía con ello que los extranjeros sin trabajo volvieran a sus países de origen esperando que la situación mejorara y reconociendo los años trabajados en España. De esta forma, si el inmigrante decide volver a España tendrá que esperar 3 años pero no perderá los años contribuidos y gozará de prioridad para acceder a los contratos iniciales.

* Impone con mayor rigor el cumplimiento del contrato por parte de los empleados y los trabajadores extranjeros ya que castiga a quien no cumpla el acuerdo alcanzado impidiéndole la contratación en los 3 años siguientes.

* Por otro lado, la antigüedad laboral no cambia ya que seguirán siendo necesarios 3 años para poder mantener el plazo ininterrumpido en España. Pero el Ministerio de Inmigración y Trabajo es libre de negarlo si lo cree oportuno. Ahora, únicamente se requieren demostrar 6 meses de relación laboral.

* Excelente noticia es la modificación e introducción de una nueva figura jurídica para la antigüedad familiar afectando a la normativa de padres con niños españoles menores siempre que vivan juntos y los tengan a su cuidado.

* La orden de expulsión contra mujeres maltratadas, que estén en situación irregular y denuncien a su agresor, dejará de surtir efecto hasta que no haya sentencia firme.

* Ahora sólo es necesario el aprendizaje del idioma español valorando además el esfuerzo de integración realizado. 

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