Pasos a seguir para divorciarse

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La demanda de divorcio puede interponerla cualquiera de los cónyuges y es necesario presentar el certificado de matrimonio. El divorcio pone fin al régimen económico matrimonial, determina una pensión de alimentos y el uso de la vivienda familiar.

¿Quién Puede Solicitar el divorcio?

El divorcio, puede ser solicitado por:
Ambos cónyuges o uno de ellos con el consentimiento del otro. Junto a la demanda de separación habrá de presentarse una propuesta de convenio regulador. Y se trataría de un divorcio de mutua acuerdo.
También puede ser solicitada por uno de los cónyuges, de forma unilateral. En este caso, nos encontraríamos ante un supuesto de divorcio contencioso.
Siempre es necesaria una sentencia que declare el matrimonio disuelto

Requisitos para solicitar el divorcio de mutuo acuerdo 

El requisito es que ambos cónyuges estén de acuerdo en deshacer el vínculo que los une y que así lo soliciten al Juzgado y que hubiesen transcurrido al menos 3 meses desde la celebración del matrimonio. Esa solicitud, denominada "demanda de divorcio", es un escrito dirigido al Juzgado en el que solicitan la ruptura del vínculo matrimonial los dos cónyuges conjuntamente o solamente uno, y el otro se adhiere posteriormente a esa petición.

Requisitos para solicitar el divorcio contencioso

La demanda de divorcio será presentada por uno de los cónyuges y siempre y cuando hubiesen transcurrido al menos 3 meses desde la celebración del matrimonio. Junto con la Demanda se presentará el proyecto de medidas o efectos del divorcio que propone el cónyuge demandante.

¿Se puede convertir el divorcio contencioso en divorcio de mutuo acuerdo?

Si, en cualquier momento del proceso de divorcio contencioso, los cónyuges, actuando consensuadamente, pueden solicitar que continúe el procedimiento por los trámites del divorcio de mutuo acuerdo, para lo que necesariamente deberán presentar el correspondiente convenio regulador.
Ventajas y desventajas del  tipo de divorcio


De mutuo acuerdo: este tipo de divorcio es, sin duda, el más aconsejable. Las principales ventajas son las siguientes:
Mayor rapidez y sencillez en los
Menor coste económico.
Contencioso: esta vía de divorcio es menos recomendable. Las dificultades se traducen en una duplicidad de trámites, gastos y duración del proceso, debido a la existencia de dos partes confrontadas tratando de dirimir sus diferencias y, en consecuencia, debiendo de practicar pruebas para corroborar sus alegaciones.

Documentos a presentar 

Será necesario presentar:
- Certificado de matrimonio:  que  será proporcionado  por el Registro Civil o Juzgado de Paz de la ciudad donde se celebró el matrimonio.
- Certificado de nacimiento de los hijos en caso de que los hubiese. También se solicitará  en el Registro Civil.
- Poder General para Pleitos: es  una escritura pública en la que se otorgan poderes al Abogado y al Procurador, para que puedan actuar en el Juzgado en defensa y representación de los cónyuges.
- Si se solicitan medidas de carácter patrimonial, el cónyuge que las solicite deberá aportar los documentos que permitan evaluar la situación económica. Si no cuenta con ellos deberá solicitar los mismos a través del Juzgado
- Algunos Juzgados exigen el certificado de empadronamiento o residencia acreditativa del domicilio de los cónyuges.
- Además, en los casos de divorcio de mutuo acuerdo, será necesario presentar la propuesta de convenio regulador, firmado por ambos cónyuges.

Efectos del divorcio
- La principal consecuencia del divorcio es la disolución del matrimonio. Desde que  la sentencia de divorcio es firme,  el vínculo entre los cónyuges desaparece. Tras el divorcio queda disuelto el régimen económico del matrimonio.
La sentencia del divorcio sólo afectará a terceros de buena fe, a partir de la fecha de la inscripción del divorcio en el Registro Civil, puesto que a partir de ese momento puede ser conocida por cualquiera.
Sin embargo, el efecto para los cónyuges es inmediato desde que se dicte la sentencia.

Existen otros efectos derivados de esta ruptura del vínculo matrimonial, tales como: la pérdida de los derechos sucesorios entre los cónyuge

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