¿Qué clausulas se pueden considerar abusivas, y por tanto, en qué casos podremos reclamar?

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Toda cláusula no negociada de manera individual resulta abusiva y todas aquellas prácticas que no estén consentidas de manera expresa causen un perjuicio al consumidor que implique un desequilibrio entre los derechos y obligaciones de cada parte.

Toda cláusula no negociada de manera individual resulta abusiva y todas aquellas practicas que no estén consentidas de manera expresa  causen un perjuicio al consumidor que implique un desequilibrio  entre los derechos y obligaciones de cada parte.

Suelen ir en contra de la buena fe y no son accesibles a simple vista por el consumidor, de difícil lectura, benefician sólo a una de las partes contratantes.

Serán cláusulas abusivas las que:

Vinculen el contrato a la voluntad de la persona empresaria.

- Limiten los derechos de las personas consumidoras.

Determinen la falta de reciprocidad en el contrato.

- Impongan a la persona consumidora garantías desproporcionadas o le impongan indebidamente la carga de la prueba.

Resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato.

- Contravengan las reglas sobre competencia y derecho aplicable.

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