¿Qué clausulas se pueden considerar abusivas, y por tanto, en qué casos podremos reclamar?
Toda cláusula no negociada de manera individual resulta abusiva y todas aquellas prácticas que no estén consentidas de manera expresa causen un perjuicio al consumidor que implique un desequilibrio entre los derechos y obligaciones de cada parte.
Toda cláusula no negociada de manera individual resulta abusiva y todas aquellas practicas que no estén consentidas de manera expresa causen un perjuicio al consumidor que implique un desequilibrio entre los derechos y obligaciones de cada parte.
Suelen ir en contra de la buena fe y no son accesibles a simple vista por el consumidor, de difícil lectura, benefician sólo a una de las partes contratantes.
Serán cláusulas abusivas las que:
- Vinculen el contrato a la voluntad de la persona empresaria.
- Limiten los derechos de las personas consumidoras.
- Determinen la falta de reciprocidad en el contrato.
- Impongan a la persona consumidora garantías desproporcionadas o le impongan indebidamente la carga de la prueba.
- Resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato.
- Contravengan las reglas sobre competencia y derecho aplicable.
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