¿qué es la mediación? y ¿para qué sirve?

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La mediación es un procedimiento que se ha legislado en España muy recientemente, aunque se trata de un asunto cuya utilización se pierde en la noche de los tiempos.

 Sus principales características, según la Ley 5/2012 de 6 de julio son:

 a)      Voluntariedad y libre disposición.

b)      Igualdad de las partes e imparcialidad de los mediadores

c)      Las actuaciones serán de forma que las partes, ayudadas por el mediador, resuelvan por sí los conflictos que se les puedan presentar.

 En resumen se trata de un procedimiento que tiende a la RESOLUCIÓN AMISTOSA DE CONFLICTOS.

 Esta síntesis, excesivamente simplista, aparenta ser un sistema de resoluciones sencillas, pero no es así, las controversias no son fáciles de solucionar, pero la existencia de MEDIADOR, si posee las habilidades y técnicas precisas para su actuación, colaborará de forma muy sensible a que los dirimentes lleguen a formalizar acuerdos positivos.

 Los campos de actuación de los procedimientos de mediación son muy extensos, pues dirimen asuntos Civiles y Mercantiles.

 A guía de ejemplos enunciativos y no limitativos se exponen:

 -         Relaciones entre proveedores y clientes.

-         Arrendamientos.

-         Herencias.

-         Relaciones entre socios, comunidades de bienes.

-         Compraventas

-         Empresas familiares y protocolos.

-         Seguros.

-         Responsabilidades médicas etc. etc.

 Las ventajas de la MEDIACIÓN respecto a resoluciones judiciales, arbitrales, e incluso transaccionales son fundamentalmente de ECONOMÍA de TIEMPOS y COSTES.

 Por tales razones los jueces están obligados por la Ley citada a propulsar y recomendar activamente a los abogados la utilización de tales procedimientos.

 Por ello, no cabe duda de que la MEDIACIÓN será el procedimiento de resolución de conflictos más extendido.

  Fdo.: Ángeles Cañizares Cerdá

         Abogada Experta Diplomada en MEDIACIÓN  en asuntos CIVILES y MERCANTILES

 

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