Trasmisiones Patrimoniales, Compra venta y Sucesiones y Donaciones

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Abogado Derecho Fiscal Castellón David Casanova Carrasco

Abogado Derecho Fiscal Castellón David Casanova Carrasco

Abogado de Benicasim/Benicàssim

La Plus valía y los impuestos indirectos relativos a una enajenación patrimonial.

Las plus valías de una compraventa tributan, primero como hecho imponible del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y como incremento patrimonial en el IRPF.

Por otra parte el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que no existe en todo el territorio español, se liquidará en el caso de que haya un testamento con transmisión de bienes por los herederos y a raiz del patrimonio del causante o cuando haya una transmisión a título gratuito entre parientes.

La donación puede ser intervivos o mortis causa. Normalmente se liquida como consecuencia de una trasmisión de bienes a título gratuito y entre personas, físicas o jurídicas, con algún parentesco.

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