Baja por a.t mutua. inss
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Contestado
De acuerdo con el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, le corresponde a la Mutua dar la baja, partes de confirmación y alta, si su empresa tiene contratada las contingencias de incapacidad temporal por accidente de trabajo con una mutua.
El Real Decreto regula aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal, en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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