Concesión de préstamo personal

Se adjudicó un préstamo personal por que la persona que realiza los pagos tiene ingresos altos,dicho esto el banco otorga préstamo exigiendo un aval el cual no tiene ni ingresos ni propiedades y la sucursal los sabe aún así concede préstamo. A día de hoy no se puede afrontar el pago de dicho préstamo,el banco,requiere al aval para que asuma los pagos ,este sigue sin ingresos y sin bienes.
¿Qué responsabilidad tiene la persona que realizaba los pagos,y que ahora no puede hacer frente a ellos ?
¿A quien deben reclamar judicialmente el banco?
¿Qué responsabilidad tiene el banco al haber concedido el préstamo aún sabiendo que el aval no tenia con que respaldar dicho préstamo?
¿Se puede denunciar al banco por malas prácticas con el fin de "hacerse"con el cliente?
gracias

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO RUIDO VALENCIA RAUL BURGOS MANCHA
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Buenas tardes. No entiendo el fin de la consulta. El obligado principal sigue siendo el obligado al pago y responderá del préstamo con todos sus bienes presentes y futuros. El avalista responderá en caso de que el obligado principal no responda. El banco ya sabrá a quién tiene que reclamar. Respecto a la responsabilidad del banco, entiendo que otorgó el préstamo a una persona con alta nivel adquisitivo. Si las circunstancias han cambiado, es un factor de riesgo que existe en toda operación financiera.

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Abogado herencias divorcio express Valencia Abogados Sánchez de León
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El banco reclamará a quien haya sido el firmante del préstamo y del aval, independientemente de quien realizaba los ingresos.

En todo caso, los obligados con el banco, si se ven compelidos a pagar, pueden luego repetir lo pagado respecto del que realmente hacía los pagos.

Esto es lo que se llama un contrato de fiducia. El banco asume sus riesgos y si firmó a sabiendas de que habría un incumplimiento, es quien sufrirá el impago.

No obstante quedamos a su disposición,

atentamente

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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El que tiene que pagar es el que recibió el dinero y, si no paga, el que dio la garantía puede ser demandado por el Banco, ya que para eso se dio esa garantía. Denunciar a un Banco que da un dinero que no se lo devuelven, no creo que sea el camino, ya que si no se tiene para pagar, es posible que tampoco se tenga para ejercitar ninguna acción. En todo caso, les aconsejamos que negocien con el Banco la deuda, ya que en otro caso pueden tener problemas.

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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
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El banco, precisamente para cubrir la posible insolvencia del prestatario, pide el aval a quien es solvente. Es decir, en ese acto de pedir un aval ya está previendo la posibilidad que finalmente se ha producido. Es una mecánica habitual que no genera responsabilidad alguna.

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HDH ABOGADOS VALENCIA

HDH ABOGADOS VALENCIA

Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil General

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Buenas tardes,

la responsabilidad es del prestatario, con todos sus bienes, lo que incluye al avalista, que es quien presta una garantía en caso de impago de aquél.

Saludos

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