¿Cuál es la cuantía de una pensión en caso de divorcio?

Quiero saber la cuantía de la pensión que le corresponde a mi mujer. El único ingreso es mi pensión. Tenemos un hijo que cobra una pensión no contributiva y ella tiene un capital puesto a su nombre de una herencia.
Llevamos casados casi 41 años y nuestras edades son 61 ella y yo 64.
¿Sobre cuánto puede salir? En el piso en común ¿se puede quedar a vivir ella?

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Avin Abogados

Avin Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Buenos días,
Le remitimos una primera valoración, aunque deberíamos disponer de mayor información para detallarla.
Si suponemos que su esposa no trabaja; por los años de matrimonio, a su esposa le correspondería una pensión compensatoria. En lo que concierne a la cuantía, es difícil de evaluar sin más detalle pero podría ser de la mitad de su pensión de jubilación.
El hijo al ser mayor de edad y tener ingresos, no tendría derecho a una pensión de alimentos.
Respecto de la vivienda es cuestión debatida, en principio se puede acordar un uso alternativo de la misma o ,por ejemplo, acordar su venta.
Quedamos a su disposición para mantener una primera reunión donde trabajar su caso al detalle
Un saludo

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Abogado de divorcios Express online en Barcelona - Divortium
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La cuantía de la pensión de alimentos va depender de los ingresos de quien debe pagarla, atendiendo también a sus deudas. No existe un criterio unificado en esta cuestión pero dicha pensión suele situarse entorno al 30-35% de los ingresos del obligado, con un mínimo de 150 €. pero como ya le digo deberíamos poder evaluar la situación económica tanto de quien la paga como de quien la recibe, para poder cubrir correctamente sus necesidades básicas.

Para más información póngase en contacto con nuestro despacho.

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Buenos días: en un procedimiento de separación o divorcio, la vivienda familiar se la adjudica el juzgado al cónyuge mas necesitado de protección . Habría que saber también porque es importante quien es el tutor de su hijo, porque en este caso se adjudicaría al cónyuge que tuviera atribuida la patria potestad prorrogada del hijo. Respecto de la pensión no existe una cantidad fija, depende de los ingresos de quien debe pagarla y siempre que usted no trabaje y se produzca un desequilibrio. Un saludo

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Legal Zaragoza

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Abogado de Zaragoza especializado en Derecho de Familia

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En relación a su consulta como le indican habría que conocer los ingresos de su mujer, si tiene derecho si mujer a una pensión en un futuro,la dedicación al matrimonio y cuidado del hijo , el importe de la pensión que usted percibe, a quien se le atribuye el uso del piso etc, si la Lo mejor es que se ponga en contacto con un abogado.La pensión compensatoria también puede ser temporal por un número determinado de años pero hay que estudiarlo.

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Cuéntanos Asesores

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Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Civil General

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Buenas tardes, hay que valoras diversos factores, como son los ingresos, la dedicación de su mujer a la familia, si posteriormente va a tener o no pensión, así como los gastos de la familia.

La vivienda podría venderse y así evitar que usted tenga que abonar un alquiler y disponga de liquidez.

Un saludo

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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
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El piso se debería vender o si uno se lo queda habrá de pagar al otro.
Habrá una pensión compensatoria que si su mujer nunca ha trabajado puede rondar el 40 - 45% del importe de su pensión.
Pueden negociarse ambas cosas: darle la pensión en parte de piso, por ejemplo.

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ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
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Hay que estudiar todas la situación familiar, también los gastos, dedicación.

Un saludo.

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