¿Cuál es el régimen fiscal aplicable a los fondos de capital-riesgo?

Mi pregunta es ¿cuál es el régimen fiscal aplicable a las personas físicas que tienen participaciones en un fondo de capital-riesgo (IRPF). ¿Se aplica la tributación de los fondos de inversión o no es aplicable para fondos de capital-riesgo? ¿Existe diferencia en el régimen fiscal de sociedades de capital-riesgo y fondos de capital-riesgo? (para el caso de IRPF, no IS).

Muchas gracias.

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Contestado

los fondos de capital-riesgo en cuya información está usted interesado, vienen regulados por la Ley 22/2014 de 12 de noviembre, que puede usted examinar , sabiendo que estos fondos son patrimonios separados, sin personalidad jurídica, perteneciente a una pluralidad de inversores cuya gestión y representación corresponde a una sociedad gestora y puede en todo caso con la documentación que tiene dirigirse a la gestora para que a la vista de ese fondo concreto le resuelva sus dudas. Puede valorarme la respuesta facilitada. Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado