¿Cuándo puedo cancelar mis antecedentes?
Abogado Ronda - Bufete Herrera Abogados
Abogado de Ronda especializado en Derecho Civil General
La pena que le impusieron es de las denominadas "menos graves" y si dicha pena se extinguió por cumplimiento el 18 de Septiembre de 2013, puede solicitar la cancelación de antecedentes penales a los 3 años, o sea a partir del 18 de Septiembre de 2016, siempre que no haya vuelto a delinquir en este periodo.
Con ello se beneficia de la redacción, mas favorable, que tenía el artículo 136 del Código Penal hasta el 1 de Julio de 2015, pues desde esa fecha para las penas menos graves de mas de tres años el periodo que ha de transcurrir desde el cumplimiento de la pena ha pasado de 3 a 5 años.
Hola, lo suyo es que se ponga en contacto con el abogado que le defendió y él se lo dirá con toda seguridad, ya que influyen varios motivos y con los datos que facilita no se le puede dar una fecha en concreto, pues influyen varias variantes, como si hubo responsabilidad civil y fue resarcida, si terminó la condena definitiva o está en el tercer grado, etcétera.
Un saludo y gracias.