¿Cuánto tiempo debería tardar en cobrar la última nómina y el finiquito si no coincide con fin de mes?
Buenas tardes:
Dispone el art. 49.2 del Estatuto del Trabajador que "El empresario, con ocasión de la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores la denuncia, o, en su caso, el preaviso de la extinción del mismo, deberá acompañar una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas.
El trabajador podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del recibo del finiquito, haciéndose constar en el mismo el hecho de su firma en presencia de un representante legal de los trabajadores, o bien que el trabajador no ha hecho uso de esta posibilidad. Si el empresario impidiese la presencia del representante en el momento de la firma, el trabajador podrá hacerlo constar en el propio recibo, a los efectos oportunos."
En su caso, habrá que estar también a las condiciones del contrato firmado, pues son las pactadas, y al Convenio aplicable, en tal caso.
Por lo que, lo mas correcto para su mejor asesoramiento es que nos facilite toda la información y documentación referente al caso para ofrecer una respuesta veraz y real al mismo.
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Saludos.
TANDEM ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Laboral
Buenos días:
Las fechas de pago de las nóminas suelen quedar establecidas en Convenio. Si bien, por regla general, las empresas suelen pagar o bien al final del mes trabajado, o bien los primeros días del mes siguiente. Tenga en cuenta que Vd. finalizó la relación laboral el día 5 de enero, por lo que no es un retraso excesivo, pero sí debe tener en cuenta que si la empresa no le abonara su liquidación tiene un año para reclamarlo. Pasado dicho periodo, prescribe su derecho a hacerlo.
Espero haberle ayudado.
Un saludo
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
El saldo y finiquito deben abonarse cuando se extingue la relación laboral, es decir ya se lo deberían haber abonado. No obstante si ve que a final de mes no se lo han ingresado, presente papeleta de conciliación en departamento de trabajo.
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