Derechos de abuelos y tíos

Mi único hermano tiene un hijo de 8 meses. Nuestra relación con él y su mujer siempre fue buena, o al menos cordial. Sin embargo, al nacer el bebé, no sé muy bien lo que pasó que apenas podíamos ver al niño y además, solo en condiciones muy puntuales, con muchas restricciones, etc. En Navidad lo vimos por última vez, apenas diez segundos y tuvimos una discusión con mi hermano y mi cuñada en la que se adujeron, entre otras cosas, que ella tenía costumbres diferentes al ser de otro país y que no quería tenernos en casa todo el tiempo, etc. También decía que no nos interesábamos por ella, lo cual no es cierto, porque al no tener ella a nadie, nosotros siempre la hemos acogido en nuestra familia y mis padres se han molestado mucho por ellos y los han ayudado en todo lo que han podido. Ellos venían a comer a casa de mis padres todas las semanas una o dos veces, en fin, algo normal.
Mi pregunta es, en estas condiciones, qué posibilidades hay de que se establezca un régimen de visitas para mis padres y para mí, si es que tengo derecho a reclamar. Yo vivo lejos de ellos y mis padres cada vez pasan más tiempo conmigo porque la situación es muy desagradable. Esto lo digo porque ni siquiera estaríamos pidiendo verlo todas las semanas, sería simplemente en vacaciones. ¿Merece la pena intentarlo o el coste económico y emocional es demasiado grande?
Muchas gracias por su atención.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Los abuelos y tíos tienen, en principio, derecho a relacionarse con sus nietos y sobrinos, salvo que judicialmente se considere que en el supuesto concreto concurre una justa causa, alegada y probada por los progenitores, que desaconseja dicha relación por existir, como puede suceder en su caso si así lo aprecia un juez, la existencia de un enfrentamiento personal insalvable que evidencia un conflicto entre adultos que puede derivar en un sufrimiento para el menor que habría cuando menos que valorar antes de decidir. Por eso en casos como el suyo suele ser aconsejable intentar antes otras alternativas como la mediación y, en definitiva, el diálogo entre las partes que permita disminuir la intensidad del conflicto en lugar de incrementarlo por motivo del enfrentamiento de los grupos familiares en el Juzgado. A tal fin, deben tratar de restablecer el diálogo con ese familiar y, si se ven incapaces de ello, buscar otro familiar o un abogado por medio del cual se intente ese acercamiento y, si ello no es posible, valorar especialmente las ventajas y los inconvenientes que supone reclamar en la vía judicial antes de dar ese paso. Si desean pedirnos un presupuesto pueden contactar con nosotros.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Divorcio / Impagados Leon - BEATRIZ RUIZ
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Buenos días:

El tema que plantea es absolutamente defendible en el Juzgado, no en vano el niño tiene todo el derecho a relacionarse cotidianamente con su familia, derecho que la Ley ampara.
Para poder matizarles el coste económico del procedimiento y poder charlar sobre el resto de aspectos de interponer una demanda de este tipo, le ruego que se ponga en contacto conmigo para poder concertar una consulta en mi despacho en la que podremos abordar todos estos asuntos.
Quedo a la espera de sus noticias.
Saludos,
Beatriz Ruiz

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ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
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Los abuelos si o sí tienen derecho a que se fije un régimen de visitas a su favor, lo hemos hechos varias veces.
Realmente es un derecho del niño a relacionarse con sus abuelos.
Usted como tío también puede intentarlo, acumulando su petición en misma demanda que abuelos para no duplicar gastos.

Quedamos a su disposición.

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