Cómo me divorcio

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Qué debo hacer para divorciarme

Lo primero que debo tener en cuenta es qué regimen económico matrimonial se aplica en el lugar donde vivo. En la comunidad autónoma de Cataluña rige la separación de bienes, lo cual quiere decir que cada miembro de la pareja es propietario de todo aquello que figure únicamente a su nombre, y que todo aquello que figure a nombre de los dos pertenece a ambos al 50%, salvo que pudiera demostrarse lo contrario.

Lo segundo que debo considerar es la existencia o no de hijos menores de edad. Caso de no haberlos, el procedimiento de divorcio se simplifica. Si hay hijos menores de edad, hay que llegar a un acuerdo en torno a su guarda y custodia (con quién vivirán, si con el padre o con la madre), y su manutención (pensión de alimentos), así como el régimen de visitas del otro progenitor. Hay completa libertad para decidir dicho régimen de visitas, solo se establece uno obligatorio en el caso de que los ex cónyuges no se pongan de acuerdo.

Los acuerdos alcanzados por los futuros ex cónyuges, tanto si tienen hijos menores de edad como si no, se plasman en un documento llamado convenio regulador. Dicho convenio regulador tiene que ser presentado ante la autoridad judicial para su aprobación por medio de sentencia judicial firme. Se presenta ante el Juzgado a través de abogado y procurador. Solo en el caso de que no se llegue a acuerdo, el divorcio se convierte en contencioso, es decir, las partes tienen que ir a juicio a defender sus pretensiones con abogado y procurador cada uno. Por eso siempre es recomendable intentar llegar a un acuerdo, pues el divorcio contencioso es mucho más difícil, caro y doloroso. 

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