Despido objetivo y despido improcedente

Mi caso es un tanto complejo. El día 15 de Marzo se le notificó a una empleada que está en ERE de reducción de jornada por escrito, la intención de la empresa de realizar un despido objetivo el 15 de Mayo, fecha en que finaliza el ERE.
Dicha empleada no ha firmado dicho documento, en cuyo acto se le entregaba con otro documento, talón por 4 medias nóminas ( 50% jornada ) que se le adeudaban.
El resto de los trabajadores, firmaron y recibieron los talones, con vencimiento todos el 15 de Abril.
Los otros empleados, han firmado, que existía un pacto verbal entre trabajadores y empresa para asumir cierta flexibilidad y retrasos en pagos de nóminas con el fin de ayudar a la situación de crisis de la empresa.
Ahora nos encontramos que esta trabajadora ha solicitado una baja por ansiedad el 5 de Abril. Previamente le enviamos por correo ordinario la carta con intenciones de la empresa.
El viernes pasado, recibo acto de conciliación, donde me solicita rescisión de contrato y despido improcedente, y el abono de las cantidades adeudadas.
Somos una pequeña empresa, familiar y con trabajadores fijos desde hace más de 15 años.
No lo esperábamos, y no sabemos como actuar, o las posibilidades de éxito que tenemos. El Lunes le enviaremos un burofax, avisando del despido objetivo ? Que hago ? La empresa no puede pagar el improcedente. Nos cerraría, y con ella a 4 personas más.
Mil gracias

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
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Buenas tardes,

En primer lugar disculpe por la tardanza en contestar. No sé si ya habrá resuelto el problema.

En caso de que no lo haya hecho, lo que tiene que hacer es enviar una carta de despido por causas objetivas.

En la carta debe detallar las causas que motivan la necesidad de proceder al despido. También debe enviarla con 15 días de antelación para evitar tener que indemnizarle con los 15 días de preaviso. Y en caso de que no tenga el dinero para hacerle entrega en ese acto de los 20 días por año de servicio (hasta un máximo de 12 mensualidades) que le corresponden al trabajador por el despido objetivo también tiene que hacerlo constar.

Si lo hace correctamente tendrá bastantes posibilidades de que el despido por causas objetivas se estime y ahorrará mucho dinero con respecto a un despido improcedente.

Si todavía no ha resuelto la situación le ofrezco que se ponga en contacto con nosotros. Le haremos un presupuesto sin compromiso, y nos encargaremos de la redacción de la carta de despido, que es fundamental que esté perfectamente redactada para que sus pretensiones puedan prosperar.

Un saludo, y buena suerte con el procedimiento!

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Despido Improcedente Vigo Pilar Carbajales
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La situación es compleja . Sigo la línea planificada antes de que el trabajador instó a la terminación : es decir, burofax con la notificación de terminación por razones objetivas y fecha efectiva del 15 de mayo. ¡Mira! En la comunicación que usted envíe , declaró expresamente que "no debería poner su disposición a la compensación legal , precisamente por motivos económicos alegados . " Trate de negociar el reconocimiento de liquidación o cese de los plazos y objetivos acordados.
De lo contrario , siempre existe el FOGASA y despues negociar con el cuerpo para volver .
Para cualquier aclaración o consulta. saludos

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Abogado incapacidades Vigo - Carlos Sánchez Rodríguez
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Buenos días,

La cuestión en casos como el suyo de dos demandas o situaciones de despido cruzadas, es determinante la fecha de la primera. Creo que en su caso deberíamos quedar en mi despacho y me explica todo con calma y con los papeles que tenga. Si quiere puede llamar a mi despacho y concertar una cita.

Un saludo y quedo a su disposición

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