Divorcio y pensión compesatoria

Llevamos casado seis años y tenemos una hija en común, todos los gastos salen de mi pensión de incapacidad y ayudo a mis hijos de un matrimonio posterior, ella no sale a busca trabajo y tiene 31 año y yo cumpliré 54 años me encargo de las compra al por mayor en los supermercado y hace la comida y mantenimiento de los alimentos y un seguimiento todas las semanas , y ahora quiere regularizar sus estudio para estudiar, también he ayudado enviando dinero a sus padre a brasil. Tendría que pasa una pensión compensatoria ,
tengo un 86% de incapacidad visual y tengo que salir muchas beses solo o ir con un hermano o amigo para que me acompañe ...
La verdad lo estoy pasando bastante mal ya hace un año y medio empecé los tramite del divorcio y lo paralice ya que me dijo que me amaba y me lo creí como un tonto y a mi edad me quiero cambiar a un pueblo donde viven mis hijos y nietos y tenemos una buena relación y ello me han pedido que me vaya con ellos al pueblo y no esté aislado y disfrute de mis nietos y familia y así a su vez estarán pendiente por si me pongo malo o me tienen que acompaña o salir a disfrutar con ellos .

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Hola, lo primero que debe saber es que no tiene obligación de permanecer aguantando una situación con la que no está conforme, si es su interés y necesidad puede irse tranquilamente al otro pueblo, simplemente dígale donde está y no deje abandonada a su hija, tiene que verla y contribuir, en la medida de sus posibilidades a su manutención.

En cuanto al divorcio lo puede emprender en cualquier momento, y en cuanto a la pensión compensatoria, seguro que se la pide, pero será el Juez el que decida, en función de sus ingresos, los de ella, y sobre todo de la capacidad que ella tenga para ponerse a trabajar.

Ese tema es un riesgo que tendrá que correr, que se la fijen o no, lo que si va a tener, seguro, es la pensión de alimentos para su hija, en cuanto a la compensatoria si se la imponen, tendrá carácter temporal, durará el periodo que determine el Juez.

Si necesita algo no dude en llamarnos, aquí puede encontrar nuestro teléfono de contacto.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado especialista en divorcios Bormujos Manuel Serrano Compaña

Abogado especialista en divorcios Bormujos Manuel Serrano Compaña

Abogado de San Juan de Aznalfarache

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Buenos días, tengo que decirle que no queda muy clara la situación. Habla usted de un matrimonio "posterior", por lo que no sé si sigue usted casado con ella o es un error de escritura.

Dado que dice usted que paralizó los trámites de divorcio supongo que sigue casado con ella.

Normalmente no se debe pasar una pensión compensatoria a una mujer de 31 años, pero tendría que ver la situación concreta para responder. En cualquier caso, si se estableciera, debería ser temporal (puede que un año).

Otra cosa es la pensión de alimentos a la hija, que en el caso de que quedara bajo la custodia de la madre, si habría que abonarla.

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Sillero Abogados - Manuel Sillero Onorato

Sillero Abogados - Manuel Sillero Onorato

Abogado de Sevilla especializado en Despidos

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Buenos días:

Supongo que la consulta es si deberá aportar pensión alguna en caso de divorcio.

En tal caso, tendría que asumir la pensión alimenticia para su hija (lo más probable es que se le otorgue a la madre la guarda y custodia con régimen de visitas para ud.) y posiblemente una pensión compensatoria durante unos años para su pareja.

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