Enganche de agua ilegal
El enganche ilegal de agua en Sevilla, al igual que en el resto de España, es una práctica ilegal que puede acarrear serias consecuencias legales y sanciones. A continuación se detallan los aspectos clave:
1. Tipificación del delito
Delito de defraudación de fluido: Engancharse ilegalmente a la red de agua constituye un delito de defraudación de fluido eléctrico, agua, gas, o cualquier otro elemento similar. Este delito está tipificado en el artículo 255 del Código Penal, el cual establece que quien, con ánimo de lucro y utilizando cualquier mecanismo, artificio o engaño, cometa una defraudación, será castigado con una pena de multa de 3 a 12 meses.
Delito de daños: Si el enganche ilegal implica daños a las instalaciones o a la infraestructura de la red, podría también ser imputado un delito de daños, tipificado en el artículo 263 del Código Penal. En este caso, las penas pueden ser más severas dependiendo de la magnitud del daño causado.
Como ves las consecuencias pueden ser importantes, es considerado como robo de fluido, el agua, el gas y la electricidad está tipificada de igual forma.