Fumando antes de repostar gasoil

¿Se podría denunciar al cliente por fumar en el coche antes de repostar gasoil, asomando el brazo por la ventanilla para tirar la ceniza, siendo advertido antes por el trabajador? ¿Según qué ley y articulo?
Gracias

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LACAMBRA DESPACHO DE ABOGACÍA SLUP

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Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes:
Sí se le puede denunciar. Es un delito tipificado en el artículo 351 del Código Penal: " Los que provocaren un incendio que comporte un peligro para la vida o integridad física de las personas, serán castigados con la pena de prisión de diez a veinte años. Los Jueces o Tribunales podrán imponer la pena inferior en grado atendidas la menor entidad del peligro causado y las demás circunstancias del hecho.

Cuando no concurra tal peligro para la vida o integridad física de las personas, los hechos se castigarán como daños previstos en el artículo 266 de este Código."

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado