¿Hay alguna contradicción en tener fuera de mi comunidad de nacimiento un seguro de decesos?

Estoy empadronada en la comunidad de Madrid hace 15 años y mi madre me ha metido en su seguro de decesos.

Me gustaría saber si tiene alguna contradicción que yo este fuera de mi comunidad de nacimiento a la hora de tener el seguro de decesos en otro lugar. Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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El seguro de decesos en un seguro privado que se contrata para cuando usted fallezca y que otro (su madre) puede contratar y pagar por usted para ese supuesto a fin de que estén cubiertos y pague la aseguradora los gastos de sepelio y otros como, la tramitación de la declaración del Impuesto de Sucesiones, que puedan estar cubiertos por la póliza. Por lo tanto, dicho seguro no tiene nada que ver con el empadronamiento en un determinado lugar, salvo que en la póliza del seguro dicho empadronamiento esté contemplado como un requisito del seguro, algo que normalmente no ocurre, pero que no estaría de más comprobar con la lectura de la póliza. Si desea contactar con nosotros lo puede hacer por teléfono o email, ya que trabajamos en toda España y también prestamos asesoramiento telefónico y online en casos como el suyo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenos días.
El hecho de residir fuera del domicilio familiar no tiene nada que ver con el seguro de decesos.
Usted tendrá ese seguro sin influir el domicilio,que tenga. Lo que si debe hacer constar en la poliza, al contratarlo, es el domicilio actual, para evitar posibles problemas.
Un cordial saludo

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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No tiene ningún problema. Otro caso es el régimen de coberturas; por ejemplo que Vd. deseara que le cubriera un traslado a un cementerio que se encuentre fuera de su lugar de residencia, para lo cual debe leer su póliza y conocer cual en esos casos.

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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
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No, siempre que si usted desea que la entierren en la ciudad donde nació el seguro cubra ese último desplazamiento.

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