Impago de pensión alimentaria
ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot
Abogado de Granollers especializado en Derecho Penal Común
Buenas tardes,
Respecto al impago de la pensión de alimentos, tiene dos vías para reclamar las pensiones: la penal que le impondrá una multa por incumplir la sentencia y la civil que solamente se encargará de buscar ingresos o bienes que embargar.
En la penal habrá que acreditar que disponía de ingresos para podérsele castigar por no pagar la pensión de alimentos.
En la civil, no importa el motivo sino que se le obliga a pagar de cualquier manera que en derecho haya lugar.
Respecto al régimen de visitas intersemanal que no cumple y la poca predisposición de su hija, es otro tema, que habría que valorar tranquilamente las ventajas y desventajas de interponer una demanda de modificación de medidas.
Quedo a su disposición para cualquier aclaración.
Un saludo,
Abogado divorcio Terrassa - Miriam Vallejos Lázaro
Abogado de Terrassa especializado en Derecho Civil
Buenos días,
Para reclamar al otro progenitor los importes que no ha ingresado en concepto pensión de alimentos puede instar dos procedimientos judiciales para su reclamación:
- un procedimiento judicial civil de ejecución de sentencia
o
- un procedimiento judicial penal por un delito de impago de pensiones.
Ambos procedimientos pueden ser ejercidos de manera alternativa o simultánea y el hacerlo de una forma o de otra dependerá de cada caso en concreto.
En cuanto al régimen de visitas se podría instar un procedimiento de modificación de medias.
Saludos,
Buenas tardes
Usted plantea varios temas, por un lado el impago de pensiones puede denunciarse por la vía penal y ejecutarse por la vía civil, es decir embargarse a su ex para que pague.
Por el otro, si el hijo no quiere ir con su padre podría pedirse un cambio del sistema de visitas / custodia. Para ello podría alegarse la situación que usted indica de la pareja actual así como el motivo por el que su hijo no quiere ir. Si desea asesoramiento más concreto puede contactar sin ningún compromiso. Saludos
Ignacio Tomás
Abogado
Buenas tardes,
Por el impago de pensiones si es total pues se le puede hasta denunciar por la vía penal, aunque puede optar por la vía civil (ejecución de sentencias).
En relación al régimen de visitas o lo obligas a cumplirlo o bien interpones una modificación de medidas para modificar el régimen de visitas.
Este caso merece un estudio en más profundidad por eso debería de venir al despacho.
Consúltanos y pide cita previa
Gracias
Daniel Santos
Abogado
Abogado sucesiones Barcelona - Picón Advocats
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil
Buenos días , su esposo bien asesorado paga una parte de la pensión de alimentos para no cometer un delito. En esta situación usted puede presentar demanda de ejecución de sentencia solicitando el resto pendiente y que le embarguen directamente la nómina por la pensión de 200 euros mensuales.
Respecto al régimen de visitas del dia intersemanal -miercoles- , dado que no lo realiza puede usted pedir en demanda de modificación de medidas que se deje sin efecto la misma.